SAP Barcelona, 23 de Diciembre de 2002

PonenteROSA MARIA AGULLO BERENGUER
ECLIES:APB:2002:13089
Número de Recurso102/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D./Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

D./Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER

D./Dª. ENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de diciembre de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio monitorio nº 139/2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Rubí, a instancia de C.P. C/ JUAN R. JIMÉNEZ 34- RUBÍ, contra D/Dª. Marcos y Cecilia ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 12 de julio de 2001, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda de juicio de verbal nº 139/01, interpuesta por la Procuradora Sra. Davi Freixa, en nombre y representación de Cornelio , como PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA C/ JUAN RAMÓN JIMÉNEZ Nº 34 DE RUBÍ, contra los demandados, Marcos y Cecilia , que comparecieron por medio de la Procuradora Sra. Morales Frasnedo, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a abonar a la actora la cantidad de CUATROCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO MIL PESETAS (454.000.-), más la cantidad de MIL CIEN PESETAS (1.100), correspondiente a los gastos ocasionados a la actora, más los intereses legales de esta cantidad, con expresa condena solidaria en costas para los demandados."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 12 de diciembre de 2002.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en lo coincidente los fundamentos de derecho de la sentencia apelada

PRIMERO

Contra la sentencia de primera instancia que desestimaba la oposición de los demandados en el procedimiento monitorio especial del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal en su redacción dada por Ley 8/1999 basada en el artículo 11 punto segundo de dicha Ley que literalmente dispone que cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar...

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