SAP Ciudad Real 192/2000, 15 de Junio de 2000

PonenteMARIA SOLEDAD SERRANO NAVARRO
ECLIES:APCR:2000:959
Número de Recurso41/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución192/2000
Fecha de Resolución15 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA n°. 192/2.000

En CIUDAD REAL, a quince de Junio de dos mil.

Vistos, ante la Sala Segunda de lo Civil de esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante, en los autos de Menor Cuantía, contra la Sentencia, seguidos en el Juzgado arriba indicado, a instancia de Dª. María Purificación , como apelante, representado/a en esta alzada por el/la Procurador D. Miguel-Angel Poveda Baeza, y dirigido/a por el Letrado/a D. Alfonso Parreño Yoldi, contra DIRECCION000 de Ciudad-Real" como apelada, representado/a en esta alzada por el/la Procurador D. Manuel Cortés Muñoz, y dirigido/a por el Letrado/a D. José-Miguel Zaldivar Sagra.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez de Primera Instancia número dos de Ciudad-Real, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Don Miguel-Angel Poveda Baeza en nombre debo de Doña María Purificación

, debo absolver y absuelvo a la DIRECCION000 de Ciudad-Real, representada por el Procurador Don Manuel Cortés Muñoz de los pedimentos en su contra formulados, condenando a la actora al pago de las costas causadas".

SEGUNDO

La relacionada sentencia que lleva fecha 23 de Diciembre de 1.999 , se recurrió por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en leal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada que tuvo lugar el DOS DE MAYO DE 2.000 A LAS 10,45 HORAS DE SUMAÑANA, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivos intereses.

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones y requisitos legales, excepto a de dictarse sentencia dentro del, plazo legal, debido a intenso cúmulo de trabajo, que pesa sobre la Ponente, tanto en materia civil como penal.

VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª. MARIA SOLEDAD SERRANO NAVARRO, Magistrada Suplente.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ejercitada en la primera instancia por la representación legal de Doña María Purificación demanda solicitando se declare y reconozca el derecho de su representada, como DIRECCION000 de esta Capital, a utilizar el ascensor instalado, sin gasto alguno, retirando al efecto el sistema de botonera con llave que existe en aquello se le facilite la llave en idénticas condiciones que los demás propietarios, 2º) que se le reconozca el derecho a tener acceso a la instalación del portero automático para conectarlo a su vivienda, 30 el imponer a la demandada el pago de las costas del presente procedimiento, siendo desestimada por medio de la sentencia de...

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