SAP Asturias 188/2001, 30 de Marzo de 2001

PonenteMARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO
ECLIES:APO:2001:1347
Número de Recurso574/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución188/2001
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

D. JOSE MARIA ALVAREZ SEIJODª. MARIA JOSE PUEYO MATEODª. MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

OVIEDO

SENTENCIA: 00188/2001

Rollo: RECURSO DE APELACION 574 /2000

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO

DOÑA MARIA JOSE PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO

En OVIEDO, a treinta de Marzo de dos mil uno .

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Cognición n° 252/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n° 9, Rollo de Apelación n° 574/00, entre partes, como apelante y demandante, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 NUM000 a NUM001 -B de OVIEDO; y, como apelados y demandados, DON Oscar y VETUSTA ESTUDIOS SUPERIORES S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n° 9 dictó Sentencia en los autos referidos con fecha treinta y uno de julio de dos mil, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Riera González en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 , NUM000 a NUM001 -B de Oviedo, contra Don Oscar y Vetusta Estudios Superiores, S.L., debo absolver y absuelvo a dichos demandados de las pretensiones en su contra deducidas, con expresa imposición a la parte actora de las costas causadas en autos".

Con fecha trece de setiembre de dos mil se dictó Auto por el que se acuerda rectificar el error material sufrido en la sentencia dictada en los presentes autos, en el sentido de hacer constar que el Letrado del codemandado Don Oscar es Don Julián Ibáñez Mico.

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte actora, que fue admitido en ambos efectos, y previos los traslados ordenados en el art. 734, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La comunidad de propietarios del edificio sito en la calle DIRECCION000 NUM000 a NUM001 -B promovió contra Don Oscar , propietario del piso NUM002 C del portal NUM003 -A de dicho edificio y contra Vetusta Estudios Superiores S.L. arrendataria del mismo, la acción de cesación regulada en el artículo 7.2 de la vigente Ley de Propiedad...

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