SAP Asturias 439/2003, 5 de Noviembre de 2003

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:APO:2003:3820
Número de Recurso360/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución439/2003
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 439/03

ROLLO: RECURSO DE APELACION 0000360 /2003

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En Oviedo a, cinco de noviembre de dos mil tres.

VISTO en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 621/2002, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.4 de OVIEDO, Rollo 360/2003, entre partes, como Apelante/s D. Héctor representado por la procuradora de los tribunales Dª. Laura Fernández-Mijares Sánchez, y bajo la dirección letrada D. Juan Carlos Fernández-Vigil, y como Apelado/s CDAD PROP EDF NUM000 PLAZA000 DE OVIEDO representado por el procurador de los Tribunales D. Ernesto Gonzalvo Rodríguez, y bajo la dirección letrada

D. Pablo Fernández Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado 4 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha cuatro de marzo de dos mil tres cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por la representación procesal de la parte actora Don Héctor contra la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la PLAZA000 nº NUM000 (Oviedo), debo declarar y declaro no haber lugar a realizar ninguno de los pronunciamientos solicitados, con imposición a la parte actora de las costas causadas".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.CUARTO.-En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Seijas Quintana.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dice el recurrente que en la sentencia objeto de recurso se mezclan de forma inconexa diversas cuestiones, que se resuelven de una forma simplista a partir de un erróneo planteamiento. Se trata, en síntesis, de hacer valer frente a la Comunidad de propietarios demandada lo que la sentencia apelada le niega: autorizar judicialmente la instalación de una chimenea para la viabilidad del negocio instalado en local comercial nº NUM001 del edificio en la PLAZA000 nº NUM000 de Oviedo.

SEGUNDO

El motivo se rechaza porque, aparte de que las resoluciones reseñadas no tienen ninguna relación con el supuesto del pleito, el planteamiento que la recurrente califica de simplista no es otro que el que hizo en su demanda. En efecto, lo que dicho escrito alega como fundamento de su pretensión es que es propietario de un local comercial dedicado al negocio de hostelería que lleva funcionando mas de tres años con el consentimiento de la Comunidad demandada, pero que para "el funcionamiento del mismo y para la obtención de la licencia de...

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