SAP Madrid 78/2007, 23 de Febrero de 2007

PonenteJOSE MANUEL CLEMENTE FERNANDEZ-PRIETO GONZALEZ
ECLIES:APM:2007:5265
Número de Recurso27/2006
Número de Resolución78/2007
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SUMARIO Nº 4/ 2006

ROLLO DE SALA Nº 27/2006.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 11 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 78/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRÍGUEZ GONZÁLEZ PALACIOS

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZÁLEZ

D. JULIAN ABAD CRESPO

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En Madrid, a 23 de febrero de 2007.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, la causa número 27/06, por los delitos de prostitución y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, procedente del Juzgado de Instrucción nº 11 de MADRID, seguida por el trámite de sumario ordinario, contra el procesado Paulino, nacido el día 6 de abril de 1966, hijo de Ioan y de Anica, natural de Iasi ( Rumania) vecino de Mejorada del Campo, con pasaporte Rumano nº NUM000, de solvencia no determinada, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procuradora D. José Periañez González y defendido por el Letrado D. Gonzalo Cancho Candela. En el que ha sido parte el Ministerio Fiscal, teniendo lugar el juicio los días 17 de enero y 22 de febrero de 2007, siendo ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZÁLEZ, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, elevando a definitivas sus conclusiones provisionales, calificó los hechos de autos como constitutivos de: a) un delito de prostitución previsto y penado en el artículo 188-1 del Código Penal ; y de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros previsto y penado en el artículo 318bis-1 y 2 del Código Penal. Estimando como criminalmente responsable de los mismos en concepto de autor al acusado Paulino sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, solicitando se le impusiera las penas de: por el delito a) la tres años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante el tiempo de la condena, y multa de 20 meses con cuota diaria de 6 euros; por el delito b) la de siete años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante el tiempo de la condena. Así como al pago de las costas causadas en el presente procedimiento

SEGUNDO

La defensa del acusado, elevando a definitivas sus conclusiones provisionales, solicitó la libre absolución de su patrocinado

PRIMERO

Ha quedado debidamente probado y así se declara que sobre las 14 horas del día 24 de agosto de 2005 el acusado Paulino, mayor de edad y sin antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, se encontraba en la intercesión de las calles Montera y Gran Vía de Madrid, discutiendo acaloradamente con la ciudadana rumana Juana. Lo que fue observado por agentes del Cuerpo Nacional de Policía que procedieron a detener al acusado ante la denuncia de la mujer que la obligaba a prostituirse

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Para que pueda destruirse la presunción de inocencia que a todo acusado reconoce el artículo 24 de la Constitución Española, la actividad probatoria de cargo que se practique en el acto del plenario, bajo los principios de inmediación y contradicción, ha de ser suficiente para generar en el Tribunal la evidencia de la existencia, no solo, de un hecho punible, sino también de la responsabilidad penal que en él tuvo el acusado (SSTC 141/1986, de 12 de noviembre; 150/1989,...

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