SAP Madrid 83/2008, 29 de Febrero de 2008

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2008:5745
Número de Recurso164/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución83/2008
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00083/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7029064 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 164 /2007

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1411 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 77 de MADRID

De: COPIADORAS Y MEDIOS DE OFICINA S.L.

Procurador: DANIEL BUFALA BALMASEDA

Contra: QDQ MEDIA, S.A.

Procurador: MANUEL MARTINEZ DE LEJARZA UREÑA

Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a veintinueve de febrero de dos mil ocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta

por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 77 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado QDQ MEDIA S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, y de otra, como demandado-apelante COPIADORAS Y MEDIOS DE OFICINA S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 77, de los de Madrid, en fecha catorce de noviembre de dos mil seis, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMANDO COMO ESTIMO LA DEMANDA INTERPUESTA POR QDQ MEDIA S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, REPRESENTADO POR EL PROCURADOR D. MANUEL MARTÍNEZ DE LEJARZAS UREÑA, CONTRA COPIADORAS Y MEDIOS DE OFICINA S.L., REPRESENTADA POR EL PROCURADOR D. DANIEL BUFALA BALMASEDA, DEBO DE CONDENAR Y CONDENO A LA CITADA DEMANDADA A PAGAR A LA ACTORA LA CANTIDAD DE DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS SUROS CON DOS CÉNTIMOS DE EURO (2.646,02 EUROS), MÁS INTERESES LEGALES Y COSTAS CAUSADAS EN ESTA INSTANCIA.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha siete de marzo de 2007, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintisiete de febrero de dos mil ocho.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la apelante Copiadoras y Medios de Oficina S.L., demandada en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia nº 77 de Madrid con fecha 14 de noviembre de 2.006, estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por QDQ Media S.A. Sociedad Unipersonal contra la referida demandada, denunciando como único motivo de apelación error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

En la demanda iniciadora del procedimiento, la referida actora exponía, que como consecuencia de un contrato de prestación de servicios de publicidad, suscrito con la demandada, esta le adeudaba la cantidad de 2.646,02 euros.

La demandada se opuso alegando que a la firma del contrato el contenido concreto del anuncio quedaba sin especificar, habiéndose comprometido el comercial de la actora en enviar antes de la publicación del anuncio una prueba para su revisión y autorización por ella, prueba que nunca remitió, procediendo la actora en lugar de ello a publicar el anuncio con unos descuentos que no podía asumir ante sus clientes, por lo que le comunicó la suspensión de los pagos, pero el Juzgador de instancia estimó la demanda.

TERCERO

En el único motivo de su recurso la apelante denuncia error en la valoración de la prueba, insistiendo en los mismos argumentos que ya expusiera en su contestación a la demanda, y añade, que...

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