SAP Jaén 105/2000, 1 de Marzo de 2000

PonenteDon José Requena Paredes
Número de Resolución105/2000
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Fernando Bermúdez De La Fuente

Magistrados

D. Jose Caliz Covaleda

D. Jose Requena Paredes

En la ciudad de Jaén, a uno de Marzo del dos mil.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio de Cognición seguidos en primera instancia con el núm. 69/98, por el Juzgado de Primera Instancia nº dos de Cazorla, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 297/99, a instancia de D. J.G.N., representado en la instancia porla Procuradora Sra. H.T. y defendido por el Letrado Sr. H.P. contra D. F.R.P. y D- F.M.M., representados en la instancia por el Procurador Sr. S.M. y defendido por el Letrado Sr. G.R..

Aceptando los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de la Instancia no dos de Cazorla con fecha catorce de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que,estimando como estimo la excepción de litisconsorcio pasivo necesario opuesta por el Procurador Sr. S.M., en nombre y representación de doña María F.M.M. y D. F.R.P., debo absolver y absuelvo a éstos de la pretensión deducida contra ellos por la Procuradora señora H.T. en nombre y representación de don J.G.N. en representación a su vez de doña M. y doña F.G.P., con expresa imposición a los actores de las costas de este procedimiento.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por la actora, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Aud., Prov. De Jaén Sec. 2ª. Rollo Nº 297/99 no dos de Cazorla, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de la Sentencia por otra estimatoria de la demanda.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito impugnándolo por los demandados, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo.Sr. D. Jose Requena Paredes.

No se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como expresaba el apelante en los fundamentos de su demanda el art. 552 del C.C. determina que los predios están sujetos a recibir las aguas que naturalmente desciendan de los predios superiores, pero no aquellas que por obra del hombre sean desviadas de su cauce natural. La Ley de Aguas en su art. 45.2 vuelve a reconocer al titular del predio inferior el derecho a oponerse a la recepción de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR