SAP Málaga 834/2003, 28 de Octubre de 2003

PonenteJOAQUIN DELGADO BAENA
ECLIES:APMA:2003:4393
Número de Recurso2003/10/28
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución834/2003
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

D. JOAQUIN DELGADO BAENAD. MELCHOR HERNANDEZ CALVODª. Dª. MARIA JOSE TORRES CUELLAR

S E N T E N C I A Nº 834

AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA

Sección 4ª

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO

Dña.MARIA JOSE TORRES CUELLAR

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. DE 1ª INSTANCIA 15 DE MALAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 115/2003

JUICIO Nº 514/2002

En la Ciudadde Málaga a veintiocho de octubre de dos mil tres.

Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Juicio Verbal (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso

Ildefonso

que en la instancia fuera parte demandante. Es parte recurrida DAIBUS, S.L. que está representado por el Procurador D. JIMENEZ SEGADO, JOSE CARLOS, que en la instancia ha litigado como parte demandada .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 22/10/02, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por DON

Ildefonso

, contra ENTIDAD DAIBUS S.L., sobre reclamación de cantidad, debo dictar sentencia con los pronunciamientos siguientes:

  1. - Absolver a Daibus SL, de los pedimentos deducidos en su contra.

  2. - No hacer especial pronunciamiento sobre las costas de este procedimiento..

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 21/10/03 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por D.

Ildefonso

, se presentó recurso de apelación alegando en primer lugar que en el juicio celebrado se habían cometido irregularidades procesales, ya que por la empresa denunciada compareció un Procurador al que se dejó hablar, no dejando al recurrente. Pidiendo disculpas por los señores que el día 15 de octubre tuvieron que acudir por culpa del recurrente a juicio, ya que después de rebatir los argumentos esgrimidos por la parte contraria, concluye diciendo que la culpa es del recurrente por querer ir a Madrid a una entrevista, hacerlo en avión y pretender que la pobre empresa pague las molestias causadas.

Por la representación procesal de la entidad Daibus S.L., se presentó escrito de oposición al recurso planteado, solicitando la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Una vez analizadas las alegaciones del recurrente, se observa que al tenor de su reclamación compró un billete el lunes día 18 de marzo de 2002, en las oficinas de la entidad Daibus, de ida y vuelta para Madrid (ida 22/3 a las 1,00; vuelta a las 13,00 horas). El día 22 de marzo, sobre las 00,45 horas llegó a la estación de autobuses, no pudiendo coger el autobús porque había huelga, no existiendo servicios mínimos. Y teniendo que estar obligatoriamente en la localidad de Alcobendas el día 22 de marzo a las 10,15 para una entrevista de trabajo (consistente en una entrevista para encontrar trabajo en el BBA, después de haber superado con anterioridad dos pruebas), tuvo, después de muchas vicisitudes e intranquilidad, que viajar a Madrid en avión, reclamando el importe de los billetes del mismo.

Por la empresa Daibus se declinó toda responsabilidad, en primer lugar al alegar que, con carácter general, en sus billetes reza la condición: ,La Empresa declina toda responsabilidad sobre los daños causados por retrasos, supresión de una salida o perdida o conexión con otro transporte". Y, en segundo...

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