SAP Sevilla 228/2003, 30 de Abril de 2003
Ponente | SANTOS BOZAL GIL |
ECLI | ES:APSE:2003:1610 |
Número de Recurso | 2540/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 228/2003 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª |
SENTENCIA Núm. 228/03
En la ciudad de Sevilla, a treinta de Abril de dos mil tres.
La Sección Octava de la Iltma. Audiencia Provincial de Sevilla ha visto en grado de apelación los Autos del Juicio Verbal número 1.249/02, derivados del Juicio Monitorio 936/02 del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla, donde se han seguido a instancia del Procurador Don Juan Antonio Moreno Cassy, que ha asumido la representación de Asesoría de Cobro y Gestión, siendo demandado y oponente Don Gonzalo , cuya representación ostenta la Procuradora Dña. María Dolores Fernández de Cabo.
Este Tribunal conoce de las señaladas actuaciones en virtud del recurso de apelación que deduce la indicada representación de la parte actora contra la Sentencia de aquel Juzgado de fecha 18 de Diciembre de 2002; recaída en el proceso de referencia.
Se acepta la relación de antecedentes de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva expresa literalmente lo que sigue:
"FALLO: Que estimando los motivos de oposición alegados frente a la demanda deducida por el Procurador D. Juan Antonio Moreno Cassy en nombre y representación de la entidad ASESORÍA DE COBRO Y GESTIÓN S. L. contra D. Gonzalo , sobre reclamación de cantidad debo absolver y absuelvo al demandado de todos los pedimentos objeto de la demanda. Se condena a la parete actora al abono de a las costas del presente juicio. "
Habiéndose notificado a las partes la Sentencia cuyo Fallo se ha transcrito, el Procurador Sr. Moreno Cassy, actuando en la ya indicada representación de la entidad actora, preparó e interpuso contra ella recurso de apelación en forma escrita y motivada, interesando la revocación de la misma y quese dicte otra mediante la que se estimen las pretensiones deducidas en la demanda inicial. De dicho escrito se dio traslado a la parte demandada-oponente, que evacuó el tramite de oposición en forma también escrita y razonada, interesando la plena confirmación de la Sentencia objeto de esta apelación.
El recurso fue admitido en ambos efectos por el Juzgado, que remitió las actuaciones originales a este Tribunal, al que correspondió su conocimiento, formándose el presente Rollo para su sustanciación, al que se dio el tramite procesal correspondiente, habiendo tenido lugar el pasado día 21 la deliberación y fallo, sin previa celebración de Vista pública por no haberse estimado la misma preceptiva ni necesaria.
En la tramitación de este recurso se han observado todas las formalidades legales
Vistos, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Santos Bozal Gil , Adscrito a la Sección.
La pretensión deducida en el Juicio Monitorio que ha precedido a la presente alzada se promovió por la entidad "Asesoría de Cobro y Gestión SL." para reclamar del demandado Sr. Gonzalo la suma de 1.111'87 euros, que constituiría resto impagado de las mercancías que éste comprara a "Editorial Planeta", y que le fueron servidas a su satisfacción, como muestra el extracto de cuentas que se aporta con la demanda inicial, a la que también acompañan los contratos suscritos por comprador y vendedor el 25 de Mayo de 1993. El crédito generado a favor de la Editorial fue cedido por ésta a la hoy actora, según documento de fecha 11 de Junio de 2002, que se aporta también con la demanda de Juicio Monitorio, del cual resulta la legitimación activa de la misma, ajustándose por lo demás la reclamación deducida al trámite de los artículos 812 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, que introducen en nuestro Ordenamiento Procesal dicha clase de...
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