SAP Huelva 192/2004, 30 de Diciembre de 2004

PonenteJOSE MARIA MENDEZ BURGUILLO
ECLIES:APH:2004:1254
Número de Recurso311/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución192/2004
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 3ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. JOSE MARIA MENDEZ BURGUILLO

Magistrados:

D. ANTONIO G. PONTON PRAXEDES

D. LUIS G. GARCIA VALDECASAS Y GARCIA VALDECASAS

En la Ciudad de Huelva a 30 de diciembre de 2004.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Iltmo. Sr. D. JOSE MARIA MENDEZ BURGUILLO ha visto en grado de Apelación el recurso interpuesto por D. Arturo , sin representación procesal ni asistencia letrada en esta alzada, y como apelada la Sociedad COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AVÍCOLAS S.A. (COPASA) sin representación procesal ni asistencia letrada en esta alzada.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Aceptamos los correspondientes de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

Cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Ortiz en nombre y representación de Productos Avícolas S.A. contra D. Arturo , representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Martín Lozano debo condenar y condeno a la anterior al pago del principal reclamado en autos, más los intereses legales de la anterior cantidad y costas del procedimiento".TERCERO.- Notificada la sentencia a las partes, el demandado interpuso recurso de apelación contra la misma, que fue admitido en ambos efectos, y emplazadas las partes y remitidos los autos originales a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, señalándose para deliberación, votación y fallo, la fecha de hoy, en que efectivamente ha tenido lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se reclama en la demanda el importe correspondiente a las facturas impagadas correlativas a la entrega de las mercaderías relacionadas en los albaranes de entrega.

Opone la demandada la inexistencia de relación comercial y la falsedad de la firma obrante al pie de los albaranes de entrega.

Estima la Juzgadora la demanda, en síntesis con el siguiente argumento: "Frente al hecho probado de que D. Arturo regentaba un negocio de alimentación en el mercado de Palos, sus manifestaciones de que él y sólo él intervenía en el despacho y venta de productos, y la entrega de unas mercaderías a su nombre (documental adjunta a la demanda) por cuenta de la actora, y la testifical del empleado de Productos Avícolas S.A. que se encargaba personalmente a fecha de la relación jurídica de gestionar las entregas de productos, un informe de perito calígrafo que expone que la firma obrante al pie de los albaranes de entrega no se corresponde con la de D. Arturo (demandado apelante)./...

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