SAP La Rioja 472/2002, 30 de Diciembre de 2002

PonenteALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
ECLIES:APLO:2002:834
Número de Recurso339/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución472/2002
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 472 DE 2002

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de cognición nº 41/01, rollo de apelación nº 339/2002, contra la sentencia de fecha 13 de febrero de 2002, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Logroño, recurrida por Dª Antonieta asistida por la letrado Sra. Matute Bobadilla; siendo apelada la entidad mercantil "COBLANSA S.A." representada por el procurador Sr. Toledo Sobrón y asistida por el letrado Sr. Sáenz Cosculluela; recurso en el que ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alfonso Santisteban Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 13 de febrero de 2002, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Que debo desestimar como desestimo íntegramente la demanda formulada por Dª Antonieta , sobre nulidad de cláusula contractual y reclamación de cantidad, contra COBLANSA S.A., con imposición a la actora de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandante, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal y solicitada prueba por la parte apelante, se acordó su práctica, señalándose para la celebración de la vista el día 28 de noviembre de 2002, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juez de instancia se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Que debo desestimar como desestimo íntegramente la demanda formulada por Dª Antonieta , sobre nulidad de cláusula contractual y reclamación de cantidad, contra COBLANSA S.A., con imposición a la actora de las costas procesales causadas".

Por doña Antonieta se ha interpuesto recurso de apelación contra esta resolución solicitando que con revocación de la misma, se declare nulas y se tengan por no puestas las cláusulas que obligan a pagar a la compradora Dª Antonieta los gastos de Notaría, Registro y todos lo que puedan derivarse de la cancelación de la hipoteca que Coblansa solicitó y constituyó sobre le piso objeto de compraventa sito en la CALLE000nº NUM000 , NUM001 NUM002 . Y sea Coblansa quien reintegre a Dª Antonieta los gastos de notaría, registro, e impuestos que Dª Antonieta ha pagado por la cancelación de la hipoteca que realizó la promotora Coblansa sobre el piso objeto de la compraventa antes reseñado y que formaba parte de los pisos que esta empresa construyó en la parcela Siete Infantes de Lara en la calle actual CALLE000 y Parque de San Miguel. Así mismo para que Coblansa reintegre a Dª Antonieta los gastos que esta tuvo que pagar por el alquiler de la vivienda y guardamuebles al entregar la constructora el piso con demora, y no en el momento acordado en el contrato de compraventa, según exponía en el escrito de interposición del recurso.

En cuanto al contenido de las dos primeras alegaciones del recurso de apelación, para su resolución tiene que partirse del contenido del contrato privado de 1 de diciembre de 1997, obrante a los folios 90 a 92, suscrito entre don Jose Francisco y doña Antonieta , en relación con las escrituras públicas de 4 de agosto de 1999, de compra de la finca litigiosa, a los folios 70 a 77, de carta de pago de la hipoteca constituida sobre la misma, folios 78 a 81, y de manifestación de doña Antonieta , de su negativa a pagar los gastos de cancelación de la hipoteca que gravaba el...

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