SAP A Coruña 679/2004, 19 de Noviembre de 2004
Ponente | ANTONIO PILLADO MONTERO |
ECLI | ES:APC:2004:690 |
Número de Recurso | 572/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 679/2004 |
Fecha de Resolución | 19 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª |
SENTENCIA núm.679/04
En Santiago de Compostela, a diecinueve de noviembre de dos mil
cuatro .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6 de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de JUICIO VERBAL 331/2002, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de SANTIAGO DE COMPOSTELA , a los que ha correspondido el Rollo 572/2003, en los que aparece como parte apelante SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES,
representado por el procurador D. RANIERO FERNANDEZ PEREZ y asistido por el Letrado D. OSCAR FERNANDEZ-REFOJO GONZÁLEZ, y como apelado Dª. Emilia representada por la procuradora Dª. SOLEDAD SANCHEZ SILVA , y asistida por el Letrado D.PEDRO TREPAT SILVA, sobre Reclamación de Cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO PILLADO MONTERO que expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.
En el presente procedimiento se dictó sentencia el día 31 de Julio de 2003 , en cuyo fallose dispuso lo siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Raniero Fernández Pérez, en nombre y representación de la Sociedad General de Autores y Editores, contra Dª Emilia , absolviendo a la demandada de las pretensiones contenidas en el suplico de la demanda que inicia el presente procedimiento.- Las costas se imponen a la parte actora.".
Por el Procurador Sr. Fernández Pérez, en representación de la parteactora se interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, delq ue se dió traslado a la parte contraria que se opuso al recurso.
Elevadas las actuaciones a esta Sala se señaló el díaveintiocho de octubre del año en curso para la deliberación, votación y fallo del presente recurso.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones y términos legales.
No se aceptan los de la sentencia apelada; y
Con fecha 5 de setiembre de 2000, las partes litigantes, "Sociedad General de Autores y Editores", demandante, y Doña Emilia , demandada, otorgaron un contrato por virtud del cual la primera concedió autorización a la segunda para la utilización de las obras del repertorio musical que aquélla administra, en un establecimiento de los llamados "pub", a cambio del pago de 11.948...
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