SAP Madrid 612, 25 de Septiembre de 2000

PonenteCESAR URIARTE LOPEZ
ECLIES:APM:2000:12811
Número de Recurso468/1997
Número de Resolución612
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veinticinco de Septiembre de dos mil.

VISTO por la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados del margen, el presente Rollo de apelación nº 468/97, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 1165/95 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº42 de Madrid a instancias de D. Matías , D. Juan María Y " DIRECCION000 - contra D. Eugenio y sobre reclamación de cantidad; habiendo sido partes en este recurso los mencionados demandantes, como apelados, representados por el Procurador Dña. Blanca Murillo de la Cuadra, y el referido demandado, apelante, bajo la representación de la Procuradora Dña. Cayetana Zulueta Luchsinger.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. César Uriarte López .

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº42 de Madrid se dictó sentencia el seis de marzo de mil novecientos noventa y siete que contiene el siguiente "FALLO: Que estimando parcialmente el suplico de la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el Procurador D. JOSE LUIS RODRIGUEZ MUÑOZ en nombre y representación de D. Matías , D. Juan María Y DIRECCION000 . contra

D. Eugenio representado por la Procuradora Dña. CAYETANA DE ZULUETA LUCHSINGER, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la sociedad actora dicha la suma de 6.247.069 pesetas de principal más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, absolviendo del resto de los pedimentos contra él contenidos en la demanda y todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento a ninguna de las partes."; y notificada la misma se interpuso recurso de apelación por la representación del demandado y admitido, previo emplazamiento de las partes, se elevaron los autos.

SEGUNDO

Recibidos los autos en esta Sala se formó el oportuno rollo y personado el apelante se le tuvo por tal y entender con él las actuaciones, así como con los apelados y no habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba se señaló para la vista el diecinueve de septiembre, instruyéndose las partes.

TERCERO

En el acto de la vista se da cuenta de la presentación de un escrito de la parte apelante desistiendo y apartándose del recurso, no accediendo a ello la Sala al no haber tiempo para tramitar dicho desistimiento y acuerda la continuación de la vista, a la que no comparecen ninguna de las partes y quedando los autos vistos para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado en lo esencial en ambas instancias las formalidades exigidas por la Ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ACEPTANDO en lo...

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