SAP Valencia 189/2002, 20 de Marzo de 2002

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
ECLIES:APV:2002:1534
Número de Recurso783/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución189/2002
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM.: 189/02

Ilustrísimos Sres.:

SECCIÓN NOVENA

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MARTÍNEZ FERNÁNDEZ

Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

En Valencia a, veinte de marzo del año dos mil dos.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado DOÑA Mª CARMEN ESCRIG ORENGA, el presente rollo de apelación número 783/01, dimanante de los autos de MENOR CUANTÍA, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia de VALENCIA 6, bajo el número 187/99, entre partes, de una, como demandante apelante a DON Felipe , representado por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Cerrillo Ruesta, y de otra, como demandada apelada a la CIA. WANKENOBI S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Don Isidro Manzanera Vela, sobre RECLAMACIÓN CANTIDAD, en virtud del recurso de apelación interpuesto por DON Felipe .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia de VALENCIA 6, en fecha 27/03/01, contiene el siguiente FALLO: "Debo desestimar como desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Don Francisco Cerrillo Ruesta en nombre y representación de don Felipe y absuelvo a la entidad demandada Wankenobi SL de los pedimentos de condena formulados de adverso, haciendo expresa condena de las costas causadas a la parte actora".

SEGUNDO

Que contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por DON Felipe ; dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, con celebración de la Vista correspondiente el día 11 de marzo de 2002, a cuyo acto asistieron los letrados y las representaciones de las partes que constan en la diligencia de vista extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación procesalde don Felipe , en su condición de letrado en ejercicio formuló demandada de juicio declarativo de menor cuantía contra la mercantil Wankenobi S.L. reclamando el pago de 1.684.500.- pesetas, importe de dos minutas libradas por los trabajos profesionales realizados, consistentes básicamente, en la adquisición del 49% de las acciones de Reusa con todas las actuaciones que ello exigiera, y la redacción de un contrato privado en el que se plasmaba el acuerdo de varias personas sobre su participación en en el capital social de la mercantil demandada, acuerdo que nunca llegó a firmarse, apoyando su pretensión en las normas generales sobre obligaciones y contratos y, respecto de la relación especial entre actora y demandada, en los preceptos que regulan el arrendamiento de servicios y el mandato.

La demandada se opone a la pretensión actora alegando dos motivos de oposición, el primero de ellos, que nunca solicitó los servicios del Sr. Felipe , pues tales trabajos fueron encargados por terceras personas, y en segundo lugar, que los trabajos cuyo pago reclama ya han sido abonados según consta en las facturas aportadas con la contestación a la demanda.

La Sentencia de instancia desestima la demanda por considerar que no hubo encargo profesional de Wankenobi S.L. al actor para llevar a cabo la compra de las acciones de Reusa, y que consta satisfecho por Reusa los gastos derivados de la compra-venta de sus acciones y por la demandada los originados por su constitución.

Contra dicha resolución se alza la parte actora pidiendo la revocación de la Sentencia de instancia alegando los...

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