SAP Sevilla 99/2003, 20 de Febrero de 2003

ECLIES:APSE:2003:751
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución99/2003
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

ROLLO: 6944/02 J

PONENTE: PEDRO NUÑEZ ISPA

JUZGADO: SEVILLA 9

ASUNTO: ORDINARIO

FALLO

CONFIRMATORIA c/c

SENTENCIA NÚM. 99

ILTMOS. SRES.

DON PEDRO NUÑEZ ISPA

DON JUAN MÁRQUEZ ROMERO

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

En Sevilla, a veinte de febrero de dos mil tres.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario n° 259/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Nueve de Sevilla, promovidos por Doña Elsa contra Don Joaquín y Doña Cristina ; sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia en los mismos dictada en doce de julio de dos mil dos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rotllan Casal en nombre de Doña Elsa contra Don Joaquín y Doña Cristina , condeno a los demandado a abonar a la actora, la cantidad de 14.674,46 euros más los intereses legales devengados por dicha cantidad desde la fecha del emplazamiento, dejando a salvo el derecho de la Sra. Cristina de repartir con su esposo Don Joaquín , el importe del 50% de la cantidad por aquella satisfecha a la actora con carácter previo a la presente litis, siendo las costas procesales por cuenta de los demandados y por parte iguales.".

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha seis de febrero de dos mil tres, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día diecinueve de febrero de dos mil tres, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don PEDRO NUÑEZ ISPA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La función del contador partidor, se trate del nombrado a título privado por los interesados en la cuestión, ya de la herencia o del patrimonio que integraba la sociedad conyugal, ya con el carácter de bienes de naturaleza ganancial o privativo, o de patrimonio separados o en partición, que incluyan bienes comunes, correspondientes en cuota determinada o proindiviso a los interesados, se configura siempre, incluso en el ámbito de la Jurisdicción Voluntaria, o respecto de los informes prestados a título particular a los solicitantes, o informes jurídicos y económicos formulados por contador partidor dirimente, o perito designado por el Juzgado, con la naturaleza jurídica de arrendamiento de servicios técnicos, regulado en sentido amplio, y además por los pactos concretos, por el art. 1.544, y en su caso, relacionado con los arts. 1-709 y ss y 1.718 y ss; hubiese recibido el encargo y mandato por los propios interesados, o por la decisión judicial; y como corresponde a la fijación del precio del servicio técnico, los honorarios del contador partidor se fijarán conforme a lo pactado, si se trata de contrato particular, o en atención al contenido, importancia, complejidad del asunto y de su propio valor económico- patrimonial. Estos elementos fueron tenidos en cuenta en la minuta de honorarios formulada por la Sra. Letrada con el carácter de contador partidor dirimente del patrimonio de la sociedad de gananciales, a falta del oportuno y conveniente acuerdo que evitase gastos y dilaciones en la liquidación y adjudicación del patrimonio; cuando una vez acudido al proceso civil y seguido el procedimiento en fase de ejecución de sentencia, corresponde a los interesados atender todos los gastos justos que se produjesen, entre ellos los de peritos y contadores partidores.

SEGUNDO

Estos hechos probados, establecidos en la sentencia de instancia...

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