SAP Alicante 255/2003, 19 de Mayo de 2003

PonenteJOSE MANUEL VALERO DIEZ
ECLIES:APA:2003:2051
Número de Recurso309/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución255/2003
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA NUMERO 255 / 03

Iltmos. Sres.:

Presidente : D. José de Madaria Ruvira

Magistrado: D. José Manuel Valero Díez

Magistrado: Dª Gracia Serrano Ruiz de Alarcón

En la ciudad de Elche, a 19 de mayo de 2003.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos nº 140 / 02 sobre reclamación de cantidad, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número uno de Orihuela, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante, D. Juan Alberto , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr./a. Fenoll Sala y dirigida por el Letrado Sr./a. Fernández Escudero, y como apelada la CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO, representada por el Procurador Sr./a. Tormo Ródenas con la dirección del Letrado Sr./a. Muñoz Cubillo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Orihuela en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 2-10-02 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando como desestimo la demanda origen de estos autos interpuesta por DON ENRIQUE LUCAS TOMAS, en nombre y representación de DON Juan Alberto frente a CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO, debo declarar y declaro no haber lugar a las pretensiones en la misma deducidas, con imposición a la actora de las costas causadas en esta instancia". SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 309 / 03, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día doce de mayo de dos mil tres. TERCERO.- En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Manuel Valero Díez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Insiste el recurrente en reclamar de la Caja de Ahorros del Mediterráneo determinadas cantidades referidas a movimientos bancarios de cuentas de las que es titular pero carentes de soporte documental que justifique la disposición por su parte de las cantidades a las que se refiere. En su demanda la cantidad reclamada era superior, pero a la vista la documentación aportada por la contraparte reconoció haber dispuesto de las cantidades reflejadas en los documentos números 2,3 y 4, excluyendo las mismas de la pretensión inicial en la audiencia previa. Ciertamente de la reclamación referida a la cuenta número NUM000 , la demandada aporta justificante de disposición que no se corresponde con las 500.000 pesetas supuestamente extraídas por el recurrente. De la reclamación correspondiente a la cuenta número NUM001, de la reclamación de 250.000 pesetas de fecha 31 de diciembre de 1997 no se aporta soporte documental alguno; de la reclamación de 125.000 pesetas de fecha 12 de diciembre de 1997 se aportó el documento nº 5 con la contestación donde sólo aparece la firma de la Caja; de la cantidad de 300.000 pesetas extraídas en fecha 18 de mayo de 1998 se aporta documento donde no consta firma alguna, y de la cantidad de 208.000 pesetas de fecha 18 de mayo de 1998 se presentó documento donde sólo consta la firma de la conformidad de la entidad bancaria.

A la vista de estos antecedentes, aparentemente la pretensión del reclamante debería prosperar, ya que se reflejan irregularidades que privan del necesario soporte documental a los apuntes contables. Sin embargo, no va a ser así, ya que existe un documento de importancia trascendental de fecha 16 de febrero de 1999, posterior, por tanto, a los apuntes discutidos por el que el demandante dirigiéndose al Director de la Caja de Ahorros del Mediterráneo, Oficina 7021 en San Isidro, expresamente manifiesta lo siguiente: "Sirva la presente para comunicarle la conformidad al saldo actual de las cuentas indicadas al pie de la presente, y a todas y cada una de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR