SAP Madrid 473/2006, 27 de Julio de 2006
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2006:11321 |
Número de Recurso | 282/2006 |
Número de Resolución | 473/2006 |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO PEDRO POZUELO PEREZ
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00473/2006
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 282 /2006
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 337 /2005
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST. E INSTRUCCIÓN N. 1 de POZUELO DE ALARCON
PONENTE: SRA. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
APELANTE: Miguel Ángel
PROCURADOR: MARCOS JUAN CALLEJA GARCIA
APELADO: Claudio
PROCURADOR: MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA
En MADRID, a veintisiete de julio de dos mil seis
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Pozuelo de Alarcon, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante D. Miguel Ángel, representado por el Sr. Calleja Garcia, y de otra, como apelado-demandado D. Claudio, representado por la Sra. Campillo Garcia, seguidos por el trámite del Juicio Verbal.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sra. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº de Pozuelo de Alarcon, en fecha 7 de Diciembre de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda de juicio verbal presentada por la procuradora Doña Mª Teresa Jiménez de la Peña actuando en nombre y representación de don Miguel Ángel, contra Don Claudio y debo absolver y absuelvo al demandado de todos los pedimentos formulados en su contra y todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandante".
Por la parte actora se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 18 de Julio de 2006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.
Alega la parte apelante como motivos en los que funda su recurso, que una parte de los honorarios de esta parte, fueron repercutidos a la parte demandante en el proceso seguido, por ser esta condenada en costas en el mismo y obligada...
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