SAP Guipúzcoa 145/2005, 6 de Mayo de 2005
Ponente | BEGOÑA ARGAL LARA |
ECLI | ES:APSS:2005:581 |
Número de Recurso | 3175/2005 |
Número de Resolución | 145/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª |
SENTENCIA NºILMOS. SRES.
Dña. JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL Dña. BEGOÑA ARGAL LARA
D. IÑIGO SUAREZ DE ODRIOZOLA
En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a seis de mayo de dos mil cinco.
La Iltma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Pro.ordinario L2 311/04, seguidos en el Jdo. 1ª Instancia nº 4. Registro Civil (Donostia ) a instancia de María Dolores apelante - demandante, representado por el Procurador Sr. JUAN RAMON GONZALEZ MEDRANO y defendido por el Letrado Sr. PEDRO LUIS MARTINEZ DE ARTOLA GONZALEZ contra ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. apelado - demandado, representado por el Procurador Sr. JESUS ARBE y defendido por el Letrado Sr. ROQUE ARAMBARRI; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 4 de enero de 2005 .
Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de San Sebastián, se dictó sentencia con fecha 4 de enero de 2005 , que contiene el siguiente FALLO: "Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador GONZÁLEZ MEDRANO, en nombre y representación de Dña. María Dolores , debo condenar como condeno a los codemandados al pago de la cantidad de 6.525,58 Euros, con el interés legal del dinero en el caso de los particulares, y con el interés del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro en el caso de la compañía aseguradora, teniendo en cuenta la cuantía ya consignada en este juzgado a los efectos del cálculo de intereses, sin especial pronunciamiento sobre las costas al tratarse de una estimación parcial.".
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpueso recurso de apelación contra ella, que fué admitido y previa la formulación por las partes de los oportunos escritos de alegaciones, se elevaron los autos a este Tribunal, dictandose resolución señalando dia para la deliberación , votacion y fallo.
En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales. VISTO.- Siendo Ponente en esta instancia la Iltma. Sra. Magistrada Dña. BEGOÑA ARGAL LARA.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a la presente resolución.
La representación de María Dolores formuló recurso de apelación, impugnando:
- La cuantía concedida en concepto de daños materiales, aplicando al valor venal del vehículo un premio del 30% conforme a la doctrina de la Audiencia Provincial de Guipuzcoa, fruto de acuerdo de la misma; interesando el valor de compra, es decir, 2.550,00 euros en fecha noviembre de 2002.
- Pecunia doloris: los días de incapacidad laboral o baja impeditiva laboral son 123. - 10% de factor de corección sobre el importe de secuelas.
- Suplica: estimación del recurso, revocación parcial de la sentencia de instancia dictando otra por la que se estime íntegramente la demanda, con imposición de costas a la demandada recurrida de la primera instancia.
La representación de Seguros Allianz se opuso al recurso de apelación, solicitando su desestimación, y la confirmación íntegra de la sentencia de instancia, con expresa condena en costas a la demandada recurrente.
Valor venal del vehículo.
La parte demandante y apelante reclama el valor de compra del vehículo siniestrado, 2.550 euros, en virtud del principio de "restitutio in integrum" que adquirió en noviembre de 2002.
El informe pericial de Gabinete de Peritaciones, establece un importe de...
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