SAP Barcelona 276/2008, 22 de Mayo de 2008
Ponente | MARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ-OLALDE |
ECLI | ES:APB:2008:4296 |
Número de Recurso | 767/2007 |
Número de Resolución | 276/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 767/07
JUICIO ORDINARIO NÚM. 980/06
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA Nº 1 BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 276/2008
Ilmos. Sres.
Dª AMPARO RIERA FIOL
Dª MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE
Dª MIREIA RIOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a veintidós de mayo de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta
de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 980/06 seguidos por el Juzgado de Primera
Instancia 1 de Barcelona a instancia de D. Matías, contra D. Gabriel ; AXA CIA
DE SEGUROS Y REASEGUROS y BALLESTERO ALQUILER SL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del
recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 24 de julio de 2007, por
el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimar en part la demanda interposada pel senyor Matías contra el Sr. Gabriel, Ballestero Alquiler SL y Axa Aurora Ibérica SA i condemnar els demandats a pagar a l'actor la quantitat de 3.005'24 euros, més els interessos que per l'asseguradora seran els de l'article 20 de la llei del Contracte d'Assegurança i pels demés demandats els de l'article 1108 del Codi Civil. No faig pronunciament quant a costes".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .
Se señaló para votación y fallo el día 22 de abril de 2008.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada, excepto en lo que se opongan a los sts
Frente a la sentencia de Instancia que estimó parcialmente la pretensión indemnizatoria contenida en el escrito rector, se alza el actor, alegando, en síntesis, que debió indemnizársele por 175 días de lesiones, comprensivos del periodo que acudió a rehabilitación, haciendo referencia especial a las pruebas periciales, y que debieron incluirse los 304,61 #, como daños y perjuicios, esto es, gastos derivados del accidente.
Con reiteración se ha expuesto que en nuestro Ordenamiento rige el principio de la libre valoración de la prueba por el Tribunal, cuyos resultados, obtenidos a través de la valoración conjunta de toda la practicada, han de prevalecer por hallarse inspirados en criterios objetivos y desinteresados, según han destacado innumerables sentencias, de la que son muestra las de 30 de marzo de 1.984, 29 de abril y 28 de octubre de 1.988, 12 de noviembre de 1.992, citando las de 11 de junio y 2 de...
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