SAP Ciudad Real 125/2000, 26 de Abril de 2000
Ponente | CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO |
ECLI | ES:APCR:2000:647 |
Número de Recurso | 427/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 125/2000 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª |
SENTENCIA n°. 125/2.000
En CIUDAD REAL, a veintiséis de Abril de dos mil.
Vistos, ante la Sala Segunda de lo Civil de esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante y codemandada, en los autos de Menor Cuantía, contra la Sentencia, seguidos en el Juzgado arriba indicado, a instancia de Dª. Yolanda , como coapelante, representado/a en esta alzada por el/ la Procurador Dª. Eva-María Santos Alvarez, y dirigido/a por el Letrado/a D. Anselmo Jiménez Martín contra "Allianz Ras, S.A." y D. Ángel , como coapelante, representado/a en esta alzada por el/ la Procurador Dª. Concepción Lozano Adame, y dirigido/a por el Letrado/a D. Santiago Espinosa Herrera.
Por el Sr. Juez de Primera Instancia número dos de Manzanares, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Baeza, en nombre y representación de Dña. Yolanda , en Juicio de Menor cuantía n°. 34/99, contra Allianz Ras, S.A. y D. Ángel , representada la mercantil por la Procuradora Sra. García de Dionisio debiendo condenar a los demandados a que de manera solidaria entreguen a la actora la cantidad de 733.461 pesetas, imponiendo a la aseguradora demandada, respecto de esa cantidad, la obligación de pagar los intereses que resulten de aplicar el interés legal del dinero incrementado en un cincuenta por ciento, sin que en ningún caso el interés pueda ser inferior al veinte por ciento, debiéndose, pagar esos intereses desde la fecha del siniestro hasta su completo pago".SEGUNDO: La relacionada sentencia que lleva fecha 16 de Octubre de 1.999 , se recurrió por la parte demandante y codemandada "Allianz Ras, S A. ", por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el 4 de Abril de 2.000, a las 10,15 horas de su mañana, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivos intereses.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones y requisitos legales.
VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.
Ante la sentencia dictada en la primera instancia, por la representación de Allianz-Ras, se interpone recurso de apelación, manteniendo en esta alzada, que el accidente que sufrió la actora, no esta incluido en la cobertura del seguro de caza, y en el caso de estimarse la demanda, y aplicarse el baremo de la L 30/95 deber aplicarse en las cuantías de la fecha del siniestro, y teniendo en cuenta la colaboración que la conducta de la víctima tuvo en el resultado dañoso, debiendo ser reducida la indemnización...
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