SAP Santa Cruz de Tenerife 32/2001, 20 de Enero de 2001
Ponente | MARIA LUISA SANTOS SANCHEZ |
ECLI | ES:APTF:2001:132 |
Número de Recurso | 650/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 32/2001 |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª |
SENTENCIA: 00032/2001
Rollo: MENOR CUANTIA 650/2000
Autos 320/1999 MENOR CUANTÍA
Juzgado de 1ª Instancia n° 2 DE GRANADILLA DE ABONA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ (PRESIDENTE)
Dª. MACARENA GONZÁLEZ DELGADO
Dª MARIA LUISA SANTOS SÁNCHEZ (PONENTE)
En SANTA CRUZ DE TENERIFE, a veinte de enero de dos mil uno.
Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte codemandada D. Constantino , contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Granadilla de Abona, en autos de Menor Cuantía 320/1999, seguidos a instancias del Procurador/a SR. BUENAVENTURA ALFONSO bajo, la dirección del Letrado/a SR. D. ANTONIO CALUDIO FERNÁNDEZ SÁNCHEZ en nombre y representación de D. Iván , contra la ENTIDAD MALUCA, S.L. Y D. Constantino , representados por la Procuradora Sra. Doña FRANCISCA ADÁN DÍAZ, bajo la dirección, la primera, del Letrado Sr. D. CARMELO MESA LUIS, y la segunda de la Letrado Sra. Doña. SILVIA MARIA HERNÁNDEZ ACEVEDO, han pronunciado en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo ponente el Ilmo./Ilma. Sr./a. DONA MARIA LUISA SANTOS SÁNCHEZ Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,
En los autos y por el referido Juzgado se dictó sentencia de fecha diez de julio de dos mil, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que estimando la demanda interpuesta pro DON Iván condeno a DON Constantino , a abonar al actor la suma de ochocientas setenta mil pesetas (870.000 pesetas), más los intereses legales y las costas de la acción deducida contra él. Desestimar la demanda interpuesta por Don Iván contra MALUCA, S.L., absolviéndola de las pretensiones en ella contenidas, y condenado al actor al pago de las costas de esta acción.".
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la parte codemandada, se tuvo por formulado y fue admitido en ambos efectos; remitiéndose las actuaciones a la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes; personándose oportunamente la apelante representada por el Procurador/a. SR. BEAUTELL LOPEZ bajo ladirección del Letrado/a SRA. DOÑA SILVIA MARIA HERNÁNDEZ ACEVEDO, y la parte apelada D. Iván , representado por la Procuradora Sra. Doña Paloma AGUIRRE LOPEZ, bajo la dirección del Letrado Sr. D. ANTONIO FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, no haciéndolo la otra parte apelada.
Que recibidos los Autos en esta Sección Tercera, tse formó el correspondiente Rollo de Apelación y se designó como ponente al Ilmo./Ilma. SRA. DONA MARIA LUISA SANTOS SÁNCHEZ, e instruido el referido ponente, se señala la vista para el día quince de enero de dos mil uno a las 9,10 horas, la que tuvo lugar previa instrucción de las partes, con la asistencia a la misma de Procuradores y Letrados de las partes apelante y apelada personadas, en cuyo acto informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.-
Solicita el apelante la revocación de la sentencia recurrida y su absolución de las pretensiones contra él formuladas en la demanda origen de la litis, con...
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