SAP Burgos 6/2000, 12 de Enero de 2000

PonenteARABELA CARMEN GARCIA ESPINA
ECLIES:APBU:2000:27
Número de Recurso9/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución6/2000
Fecha de Resolución12 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA

En el Rollo de Apelación número 9 de 1 año 2.000, dimanante de Juicio de cognición, sobre Reclamación de valor de 19 ovejas muertas, del Juzgado de primera instancia nº 2 de Villarcayo, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha veintidós de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve ; han comparecido, como demandante-apelado, Don Luis Pablo , vecino de Manzanedo (Burgos), designando domicilio para oír notificaciones el de la Procuradora Doña Paula Gil Peralta y defendido por el Letrado Sr. Fernandez López; como demandado-apelante, Don Cosme , domiciliado en Manzanedo (Burgos), designando domicilio para oír notificaciones y defendido por el Letrado Don Joaquín Saéz Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Margarita Robles Santos, en nombre y representación de D. Luis Pablo , debo condenar y condeno al demandado a abonar al demandante el precio de tres corderas y dieciséis ovejas que será determinado en el período de ejecución de sentencia, así como los intereses legales y las costas de este procedimiento".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes por la representación del demandado Don Cosme , se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a derecho.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por Don Luis Pablo se ejercita una acción de responsabilidad extracontractual al amparo de lo dispuesto en los artículos 1902, 1.905 y 1.906 del Código Civil , y artículos 12 y 50 de la Ley de Caza de Castilla y León , contra el titular del coto de caza nº NUM000 , el demandado Don Cosme , reclamándose una indemnización por la muerte de 19 ovejas propiedad del actor, el día 17 de Junio de 1997 consecuencia del ataque de unos lobos o perros al rebaño de su propiedad. La sentencia recurrida tras desestimar las excepciones de falta de legitimación pasiva y de prescripción, condena a la parte demandada a abonar a la actora el precio de tres corderas y dieciséis ovejas que se determinará en periodo de ejecución de sentencia.

Impugna la demandada la sentencia por considerar que ha quedado acreditado que el ataque fuecometido por perros y no por lobos, y que no resulta de aplicación el articulo 50 de la Ley de Caza de Castilla y León , no habiendo reproducido en esta alzada las excepciones procesales alegadas en primera instancia.

SEGUNDO

Resulta acreditado con el informe del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Responsabilidad civil cinegética en Castilla y León
    • España
    • Revista Jurídica de Castilla y León Núm. 2, Febrero 2004
    • 1 Febrero 2004
    ...por el artículo 4.2 LC, que excluye de la caza los animales salvajes domesticados en tanto se mantengan en tal estado. La SAP de Burgos de 12 de enero de 2000 advierte cómo los perros asilvestrados no tienen la condición de piezas de caza, y los daños por ellos causados quedan fuera de la L......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR