SAP Barcelona 656/2004, 30 de Noviembre de 2004

PonenteAGUSTIN FERRER BARRIENDOS
ECLIES:APB:2004:14434
Número de Recurso601/2004
Número de Resolución656/2004
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA N ú m. 656

Ilmos. Sres.

D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO

En la ciudad de Barcelona, a treinta de noviembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 482/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 49 de los de Barcelona , a instancia de ISAPHONE S.A., representada en esta Alzada por el Procurador Don Juan Bautista Bohigues Cloquell y asistida del Letrado D. Juan Carlos Noguera de Erquiaga, contra EDITORES Y CONSULTORES ESPECIALIZADOS S.A., representada por el Procurador Don Jaume Moya Matas y asistida por el Letrado D. Modest Sala Sebastià; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de Mayo de 2.004, por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: RESUELVO estimar la demanda interpuesta por el Procurador don JUAN BAUTISTA BOHIGUES CLOQUELL, en nombre de la mercantil ISAPHONE, S.A., contra la mercantil EDITORES Y CONSULTORES ESPECIALIZADOS, S.A., representada por el Procurador don JAUME MOYA MATAS, y, con desestimación de la demanda reconvencional, condeno a la empresa demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 14.610'75 euros, más los intereses legales de demora y las costas de este juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes por treinta días.TERCERO.- Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 23 de Noviembre de 2004.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso deriva de la reclamación efectuada por el demandante respecto del resto del precio impagado del suministro y colocación de un falso techo en el inmueble propiedad de la demandada.

La sentencia estimatoria del Juzgado de Instancia es recurrida por la parte demandada que vuelve a traer ante este tribunal, tanto su pretensión absolutoria respecto de lo reclamado como su pretensión reconvencional.

SEGUNDO

Dejando aparte la cuestión de algún alegado defecto de colocación que se ha demostrado más bien resultado de manipulaciones posteriores del falso techo con ocasión del trabajo contratado con otros industriales, la esencia del conflicto consiste en una elección poco adecuada del material servido ofertado por la...

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