SAP Málaga 44/2002, 28 de Enero de 2002

PonenteHIPOLITO HERNANDEZ BAREA
ECLIES:APMA:2002:377
Número de Recurso457/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución44/2002
Fecha de Resolución28 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

SENTENCIA NUM. 44

Iltmos. Sres.

Presidente

Don Wenceslao Diez Argal

Magistrados

Don Hipólito Hernández Barea

Don Juan de Dios Anguita Cañada

En Málaga a veintiocho de enero de dos mil dos.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Marbella sobre nulidad de compraventa, seguidos a instancia de "Bergamar S.A." representada en el recurso por la Procuradora Sra. Osorio Quesada y defendida por el Letrado Sr. Mendoza Tudea, contra "Playamonte S.A." representada en el recurso por la Procuradora Sra. Priego Cantarero y defendida por el Letrado Sr. Gálvez Ruiz, contra "Jedi 84-86 S.L." representada por la Sra de los Rios Santiago y defendida por el Sr. Cabanillas Sánchez, contra la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid representada por la Sra. Calderón Martín y defendida por el Sr. Gálvez Ruiz también y contra el Sr. Luis Pedro rebelde en el recurso; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandante contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número Seis de los de Marbella dictó sentencia de fecha diecisiete de marzo de 1.998 en el juicio de menor cuantía del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así:

"Que desestimando en su integridad la demanda formulada por el procurador de los Tribunales D. Guillermo Leal Aragoncillo, en nombre y representación de la entidad Bergamar S.A., contra las entidades Jedi 84-86 S.L., Playamonte S.A., Caja de Ahorros y Monte de piedad de Madrid y D. Luis Pedro , debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de todos los pedimentos contenidos en la demanda, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la representación de la demandante, el cual fue admitido a trámite y, emplazadas las partes para que comparecieran ante esta Audiencia, personadas y entregados los autos a las mismas para instrucción durante cuatro días, se señaló la vista del recurso que tuvo lugar el día trece de marzo de 2.001, en la cual el Letrado de la parte apelante informó en apoyo de sus pretensiones y solicitó la revocación de la sentencia recurrida y los Letrados de las partes apeladas solicitaron su confirmación.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo para el dictado de la sentencia por la complejidad del asunto y el cúmulo de trabajo que pesa sobre esta Sala, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Hipólito Hernández Barea.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Aceptando los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Considerando que la representación procesal de "Bergamar S.A." pidio en la vista oral del recurso el dictado de una nueva sentencia conforme a lo pedido en la demanda. En su opinión el Juez desestimó...

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