SAP Sevilla 242/2004, 14 de Abril de 2004

ECLIES:APSE:2004:1530
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución242/2004
Fecha de Resolución14 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

Sección Tercera

RECURSO:Apelación de Juicio de Faltas ROLLO 1535/2004-L

ASUNTO: 300256/2004

Proc. Origen: Juicio de Faltas 406/2002

Juzgado Origen :1ªInst.e Instr. Carmona nº1

Negociado:L

Apelante:. Braulio

Abogado:.VALVERDE FREDET IGLESIAS, JUAN PABLO

Apelado: Jose Daniel , Luisa y MINISTERIO

FISCAL

Abogado:JORGE A. GARRIDO CIRIA, JORGE A. GARRIDO CIRIA

S E N T E N C I A Núm. 242/04

En la ciudad de Sevilla, a catorce de Abril de dos mil cuatro.

Vistos en grado de apelación por el Iltmo. Sr. D. ELOY MENDEZ MARTINEZ los autos de juicio verbal de faltas número 406/02 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Carmona.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El referido Juzgado de Instrucción dictó en fecha 26-9-2003 sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que debo condenar y condeno a Luisa como autora responsable de una falta de insultos del art. 620.2 C.P. a la pena de 15 días de multa a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de la multa y al pago de las costas procesales. Que debo condenar y condeno a Braulio como autor responsable de una falta de insultos del art. 620.2 C.P. a la pena de 30 días de multa a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de la multa y al pago de las costas procesales. Que debo absolver y absuelvo a Jose Daniel de la falta que se le imputaba".

SEGUNDO

Notificada la sentencia, se interpuso recurso de apelación por Braulio en base a los motivos que se analizarán en el cuerpo de esta resolución.

TERCERO

Turnadas las actuaciones a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se designó Magistrado para conocer del recurso a D. ELOY MENDEZ MARTINEZ.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los de la resolución recurrida que son sustituidos por los siguientes: Las familias de Jose Daniel e Luisa y aquella de la que forman parte Braulio y su hermano Juan Manuel , se hallan francamente enemistadas.

En la mañana del día 17-10-2002, Juan Manuel se cruzó en la calle con su vecina Luisa y comenzó a reirse de ella haciéndole un "corte de mangas", lo que provocó la reacción de Luisa en términos parecidos.

Poco después, sobre las 15'15 h. se personaron en casa de Luisa , Braulio , su hermano Juan Manuel y la madre de ambos para pedir explicaciones.

En el curso de la trifulca, ambos bandos se insultaron mutuamente, llamando Braulio a Luisa "cabrona, mamona, puta, zorra, etc", e Luisa a Braulio "hijo de puta".

En un momento determinado salió al lugar de la disputa Jose Daniel , marido de Luisa , que haciéndose con un ladrillo, golpeó a Braulio en la cabeza causándole una contusión con hematoma en la zona frontal derecha de cuyas lesiones curó, sin necesidad de tratamiento médico distinto de la primera asistencia, en 11 días de hospitalización para mera observación, durante los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales, sanando sin...

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