SAP Barcelona, 5 de Abril de 2001

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2001:4039
Número de Recurso289/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D./Dª CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D./Dª FRANCISCO HERRANDO MILLAN

D./Dª JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a cinco de abril de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía nº 833-97, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Barcelona, a instancia de D./Dª Pedro Antonio , D. Darío , y D. Javier representado/a por el/la Procurador/a

D./Dª. Francisca Bordell Sarró y dirigido/a por el/la Letrada/a D./Dª Emilio Poveda Espinosa, contra D./Dª. Jose Luis , Dª Filomena , Dª. Rosario , Dª Camila , D. Ángel Daniel , D. Eduardo , D. Julián , D. Jose Carlos , (fallecido) y en su lugar su heredera Dª. Nieves y Dª Ángela , representado/a por el/la Procurador/a D./Dª. Anna Serrat Carmona, y dirigido/a par el/la Letrado/a D./Dª. Jospe María Pijuan Balcells; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18-1- 99, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando en su integridad la demanda interpuesta por la procuradora de las Tribunales Dª Francesca Bordell Sarro, en nombre y representación de D. Pedro Antonio , D. Darío y D. Javier , frente a D. Jose Luis , Dª Rosario , D. Ángel Daniel , D. Julián , Dª. Filomena , Dª Camila , D. Eduardo , Dª Nieves y Dª Ángela , debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones interpuestas en su contra. Se impone a los actores las castas causadas en esta instancia.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de lavista pública el día 28-3-01, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D./Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Resultan coherentes tanto con la normativa aplicable como con la resultancia fáctica los fundamentos de la resolución de primer grado, desestimatoria de la acción ejercitada por tres de los comuneros de un edificio en régimen de propiedad horizontal que se dirigen contra el resto de los propietarios del inmueble, que habiendo instalado el ascensor han pagado las obras can el importe del precio de la venta de la vivienda portería cuya contrato se formalizó...

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