SAP Huelva 427/2000, 18 de Diciembre de 2000

PonenteMERCEDES IZQUIERDO BELTRAN
ECLIES:APH:2000:1416
Número de Recurso197/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución427/2000
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 427

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Francisco José Martín Mazuelos.

Magistrados

D. Luis Guillermo García Valdecasas y García Valdecasas.

Dª. Mercedes Izquierdo Beltran.

En Huelva a dieciocho de diciembre de dos mil.

Esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen, y bajo la Ponencia de la Iltma. Sra. Dª Mercedes Izquierdo Beltran, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de menor cuantía núm. 355/97 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Huelva, en virtud del recurso interpuesto por Dª. Asunción , representados por el Procurador de los Tribunales doña Inmaculada García González y defendido por el Letrado don Jacinto Antonio Cruz Peláez siendo parte apelada D. Marcos , representado por la Procuradora Doña Pilar García Uroz y defendido por la Letrada doña Purificación Girela Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHOS

  1. - Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

  2. - El Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 3 de Huelva, dictó sentencia en el procedimiento arriba referenciado con fecha 16 de noviembre de 1999, cuya parte dispositiva dice así: " Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Asunción contra DIRECCION001 . y Marcos , no dando lugar a la tercería de dominio planteada, con expresa imposición de costas a la parte actora."3.- Notificada dicha sentencia a las partes, por la actora, se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, y emplazadas las partes y remitidos los autos originales a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, y se señaló la vista prevenida en la ley para el día 13 de diciembre, en cuya fecha tuvo lugar con la asistencia de los Letrados de las partes personadas quienes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor mantiene los pedimentos principales de su escrito inicial de demanda que no han sido acogido por la sentencia apelada, y especialmente que se declare que la finca registral núm. NUM000 (casa sita en c/ DIRECCION000 nº NUM001 de Huelva) descrita en el hecho primero de la demanda objeto de embargo pertenece en copropiedad a doña Asunción , y a sus condóminos y hermanos D. Marcos y Dª Sandra , por terceras partes indivisas, ordenándose el levantamiento del embargo trabado sobre dicha finca por parte del ejecutante.

Los hechos que resultan probados por la prueba practicada, son los siguientes:

En fecha 20 de marzo de 1990, se celebra entre doña Asunción y sus hermanos don Marcos y doña Sandra de una parte y la entidad DIRECCION002 . de otra, un contrato de permuta. Los demandados permutan la casa de su propiedad sita en la CALLE000 nº NUM002 por un piso de los que se edificarán en el solar, de tres dormitorios, comedor, cuarto de baño, aseo y cocina, además de facilitarles una vivienda en el mismo entorno mientras dure la construcción del nuevo edificio, estipulándose que la nueva vivienda será pagada por Construcciones Tres de Agosto, S.A.

De las Certificaciones del Registro de la Propiedad y Mercantil, se desprende que el piso cedido para uso de la actora fue comprado por la Constructora el 17 de mayo de 1990.

DIRECCION002 . derriba la edificación pero no cumple con su obligación de entregar el nuevo piso, que no llega a construir, y las actoras permanecen en el piso adquirido para que lo ocupen desde 1990.

Ante las dificultades económicas de la empresa, deciden transmitirle el citado piso, si bien no llega a otorgarse escritura pública de transmisión. La testifical de don Pedro Francisco que a la sazón era director comercial de la constructora, permite acreditar la realidad de los hechos afirmados por la actora. Al contestar a la pregunta y repregunta cuarta manifiesta como es...

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