SAP Madrid, 17 de Mayo de 2001
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2001:7142 |
Número de Recurso | 1487/1998 |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
SENTENCIA
En Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil uno.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Inpir, S.A., representado por elSr. García Fernández y asistido del Sr. Santamarina Parron, y de otra, como apelado demandado Banco Europeo de Finanzas, S.A., representado por la Sra. Corral Losada y asistido del Sr. Pérez de la Cruz seguidos por el trámite del Juicio de Menor Cuantia.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pedro Pozuelo Pérez
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 13 de Octubre de 1998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuresta por el Procurador D. Emilio García Fernández, en nombre y representación de Inpir S.A., contra Banco Europeo de Finanzas S.A. representado por la Procurador Dº Mª Jose corral Losada, debo condenar y condeno a la demandada a que haga efectiva a la actora las cantidades que resulten de la aplicación del el convenio que con sus acreedores suscribió la referida entidad demandada.- Sin expresa condena en costas procesales
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte Inpir, S.A. representada por el Sr. García Fernández, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron todas las partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública celebrada el día 10 de Mayo de 2001, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes que han comparecido.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que en el presente rollo de apelación se entrecruzan los recursos e apelación interpuestos respectivamente por demandante y demandado sobre la sentencia recaída. Por razones lógicas de procedimiento procede examinar en primer lugar el recurso interpuesto por la entidad demandada Banco Europeo de Finanzas S.A.. Sostiene dicha entidad, en consonancia con sus alegatos defensivosesgrimidos en la primera fase procesal que ninguna responsabilidad tiene en orden a la devolución de la cantidad reclamada, por cuanto la misma se invirtió siguiendo instrucciones verbales del cliente en pagarés análogos al que motivo la operación anterior, habiendose...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba