SAP La Rioja 350/2004, 14 de Diciembre de 2004

PonenteJOSE FELIX MOTA BELLO
ECLIES:APLO:2004:690
Número de Recurso204/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución350/2004
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 350 DE 2004

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ FÉLIX MOTA BELLO

Magistrados:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Dª Mª MERCEDES OLIVER ALBUERNE

En la ciudad de Logroño a catorce de diciembre de dos mil cuatro.

VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistradosindicados al margen, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 225 /2003, procedentes del JDO. 1ª INSTANCIA de HARO , a los que ha correspondido el Rollo 204 /2004 , en los que aparece como parte apelante BODEGA EL ARCA DE NOE, SOCIEDAD COOPERATIVA, representada por el procurador D. JOSE TOLEDO SOBRON, y como apelado D. Serafin , representado por la procurador Dª ANA ROSA RAMIREZ MARIN, y asistido por el Letrado D. FERNANDO ALDAY, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.

D. JOSÉ FÉLIX MOTA BELLO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 22 de diciembre de 2003, se dictó sentencia en primera instancia en cuyo fallo se recogía: "Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. López- Tarazona en nombre y representación de Serafin , debo declarar y declaro la nulidad del acuerdo adoptado en fecha 20 de noviembre de 2002 por la Junta Rectora de la Bodega el Arca de Noé Sociedad Cooperativa, ratificado en Junta General de 28 de febrero de 2003 y por el que se acordó la expulsión del Sr. Serafin , debiéndose reponer a dicho socio en el pleno goce de la totalidad de sus derechos como socio, con expresa imposición de costas a la demandada".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 11 de noviembre de 2004.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como reflejan los antecedentes de esta resolución, la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia estima la demanda interpuesta por el actor, en su calidad de socio de una cooperativa, declarando la nulidad del acuerdo adoptado en fecha de 20 de noviembre por la Junta Rectora de la Bodega "El Arca de Noé" Sociedad Cooperativa, ratificado en Junta General de 28 de febrero de 2003, resolución en la que se disponía la expulsión del demandante Sr. Parra. La sentencia acuerda también la reposición de dicho socio en el pleno goce de la totalidad de sus derechos como socio, con expresa imposición de las costas causadas a la sociedad demandada.

Todos estos pronunciamientos son impugnados por la parte accionada en este recurso de apelación.

SEGUNDO

Del examen de los hechos probados de la sentencia, se desprende que el Sr. Serafin intervino en la Junta General Extraordinaria celebrada el 20 de septiembre de 2002, leyendo un...

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