SAP Baleares 668/2002, 12 de Noviembre de 2002

PonenteJAUME LLUIS RAIMON MASSANET MORAGUES
ECLIES:APIB:2002:2932
Número de Recurso439/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución668/2002
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Palma

Rollo n° 439/2002

Menor c n° 484/2000

Juzgado 1ª Inst n° 8 de Palma = SENTENCIA N° 668 = Ilmos. Señores:

PRESIDENTE:

D. Miguel Ángel Aguiló Monjo

MAGISTRADOS:

Dª María del Pilar Fernández Alonso

D. Jaume Massanet Moragues

Palma, a doce de noviembre de dos mil dos. VISTOS por esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, juicio Menor Cuantía, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 8 de Palma, bajo el n° 484/2000, Rollo de Sala n° 439/2002, entre partes, de una como actoraapelada don Jose Ángel , representado por el Procurador D. JOSE LUIS NICOLAU RULLAN y de otra, como demandada-apelante la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SUREDA N° 53 B, representada por el Procurador don ONOFRE PERELLO ALORDA, asisitidas ambas partes de sus respectivos Letrados, D. Bartolome Ferragut Oliver y Dª Carolina ; y como demandadas-apeladas la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SUREDA N° 53 A y 53 sin personación en esta alzada siendo su procuradores en1ª Instancia, don. MIGUEL JUAN JAUME y don. MIGUEL NADAL ESTELA respectivamente. ES PONENTE el Iltmo. Sr. Magistrado don Jaume Massanet Moragues

= HECHOS =

PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 8 de Palma, en fecha 8 de abril de 2002, se dictó Sentencia, cuyo fallo dice así:

1.- Se desestiman las excepciones de inadecuación del procedimiento, falta de litisconsorcio pasivo necesario y falta de legitimación pasiva.

2.- Se estima la demanda interpuesta para D. Jose Ángel contra las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL C/ SUREDA N° 53, 53-A Y 53-B.

3.- Se condena a las demandadas a la reparación de los daños causados en la vivienda propiedad del actor como consecuencia de las filtraciones procedentes de la azotea de la comunidad y a la realización de las obras necesarias para la impermeabilización de la azotea evitando las filtraciones causantes de los daños.

4.- Se imponen a las demandadas las costas causadas en esta instancia.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y previa su preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte codemandada la Comunidad de Propietarios del carrer Sureda, n° 53 B, de esta ciudad de Palma, mediante escrito motivado presentado en tiempo y forma, del cual se dio traslado a los otros litigantes, presentando la parte actora don Jose Ángel , su escrito de oposición al recurso; y seguido el procedimiento por sus trámites, se elevaron los autos a este Tribunal que señaló para deliberación y votación por la Sala el día del corriente año, que por turno le correspondió; quedando el presente Rollo concluso para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales. =

FUNDAMENTOS DE DERECHO =

Se aceptan los fundamentos de derecho y los hechos probados de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

Se ejercita por la parte actora don Jose Ángel , acción personal contra las tres comunidades de propietarios que de hecho administran cada uno de los tres portales (números 53 A, 53 y

53 B, antes 93, 95 y 97) que forman el edificio en el que tiene...

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