SAP Baleares 325/2007, 13 de Septiembre de 2007
Ponente | JAUME LLUIS RAIMON MASSANET MORAGUES |
ECLI | ES:APIB:2007:1570 |
Número de Recurso | 310/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 325/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00325/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000310 /2007
SENTENCIA NUM. 325
Ilmos. Señores:
PRESIDENTE
D. Carlos Gómez Martínez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Rosselló Llaneras
D. Jaume Massanet Moragues
Palma, a trece de septiembre de dos mil siete.
------------------------------------ - VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado
de apelación, los presentes autos, juicio Ordinario, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº
5 de Palma, bajo el nº 8/04, Rollo de Sala nº 310/07, entre partes, de una como actora-apelante
Escorat S.L., representado por la Procuradora Dª Mª José Rodríguez Hernández y asistido de la
Letrada Dª Mª Angeles López Calderon y de otra, como demandado-apelada Pitchucott S.L.,
representado por el Procurador D. Francisco Tortella Tugores y asistida del Letrado Demetrio
Madrid Alonso, de otra como demandado-apelado D. Rogelio y Jose Miguel,
ambos representados por la Procuradora Dª Nancy Ruys Van Noolen y asistido de D. Pedro Morell
Pou, y de otra, como demandado-apelado D. Juan Luis, representado por el
Procurador D. Francisco J. Gaya Font y asistido del Letrado D. Juan Mulet Perera.
ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado don Jaume Massanet Moragues.
Por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma, en fecha 8 de mayo de 2006, se dictó Sentencia, cuyo fallo dice así: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rodríguez, obrando en nombre y representación de la mercantil Escorat S.L., contra Pitchucott S.L. contra D. Rogelio y Dª Jose Miguel, y contra D. Juan Luis ; declaro que los demandados son responsables de los vicios y defectos de construcción que presenta el edificio del actor descritos en el informe emitido por el Perito Judicial Sr. Gregorio, de conformidad a lo establecido en el fundamento de derecho sexto de la presente resolución, a excepción de la referida al solado de gres exterior. CONDENO a las partes demandadas a reparar las deficiencias existentes en el edifico sito en la avenida Cala Agulla nº 92 "Edificio Santa Lucia de Cala Ratjada, término municipal de Capdepera, en la forma descrita en el informe emitido por el Perito Judicial Don. Gregorio, a excepción de la referida al solado de gres exterior, y de conformidad a lo establecido en el fundamento de derecho sexto de la presente resolución.==No se hace especial pronunciamiento en materia de costas".
Contra la anterior sentencia y previa su preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora, la entidad mercantil Escorat, SL, mediante escrito motivado presentado en tiempo y forma, del cual se dio traslado a los otros litigantes que presentaron sus respectivos escritos de oposición al recurso; y seguido el procedimiento por sus trámites, se elevaron los autos a este Tribunal que señaló para deliberación, votación y fallo por la Sala el día 6 de septiembre del corriente año, que por turno le correspondió; quedando el presente Rollo concluso para sentencia.
En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos de derecho y los hechos probados de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen
Se ejercita por la parte actora Escorat, SL, acciones personales ex artículo 1.591 del Código Civil y sobre incumplimiento contractual, frente a quienes han intervenido en el proceso constructivo del Edificio Santa Lucía, de Cala Rajada, término municipal de Capdepera.
La sentencia con la que se dio por terminada la primera instancia de este procedimiento civil, estima parcialmente la demanda en los términos que se han...
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