SAP Barcelona 278/2004, 1 de Junio de 2004

PonenteMIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
ECLIES:APB:2004:7055
Número de Recurso645/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución278/2004
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO

Dª.ASUNCIÓN CLARET CASTANY

Dª.THEA ESPINOSA GOEDERT

En la ciudad de Barcelona, a uno de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 124/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arenys de Mar , a instancia de DIRECCION000 CANET DE MAR, contra D. Carlos y Dª. María Purificación y IBTE, SL.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 7 de Julio de 2.003 , por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Andreu Carbonell Boquet, actuando en nombre y representación de la DIRECCION000 de Canet de Mar contra D. Carlos y Dña. María Purificación representados por el Procurador de los Tribunales

D. Lluis Pons Ribot, y debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte demandada de los pedimentos de la parte actora condenando a la parte actora al pago de todas las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL CUATRO.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de 7 de julio de 2003 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Arenys de Mar, Barcelona , en los autos del procedimiento ordinario nº 124/2002 desestimó íntegramente la demanda formulada por la DIRECCION000 de Canet de Mar contra Carlos y María Purificación al considerar que no supone un privilegio contrario al titulo constitutivo y al régimen de propiedad horizontal la existencia de una parada del ascensor comunitario en la planta altillo de los demandados . La actora se alza contra esta resolución a través del presente recurso de apelación en el que solicita la revocación de la sentencia de instancia por cuanto considera que dado que al otorgarse el titulo constitutivo que rige en la comunidad solo se preveía que el ascensor llegase hasta la planta tercera es inadecuado el uso que los demandados hacen del mismo para acceder a la cuarta debiendo utilizar exclusivamente para dicho acceso la escalera interior también existente , suponiendo un privilegio no amparado por la norma además de no venir compensado por una mayor aportación de la suma referida a su mantenimiento por parte de los demandados . Por los demandados , en cambio , se solicita la confirmación de la sentencia recurrida sin perjuicio de señalar la suma correspondiente al uso que corresponde a la parada adicional mencionada .

SEGUNDO

En el presente supuesto, y en lo que es el objeto de esta apelación , se discute la pretensión de la actora de entender contrario al titulo...

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