SAP Lugo 85/2005, 14 de Marzo de 2005

PonenteJOSE MANUEL VARELA PRADA
ECLIES:APLU:2005:217
Número de Recurso457/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución85/2005
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 85

En Lugo, a catorce de Marzo de dos mil cinco

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 457/04 , dimanante de los autos de Procedimiento ORDINARIO 228/03 , tramitado por el Juzgado de Primera Instancia DE CHANTADA , sobre declaración de propiedad y otros extremos . Es parte apelante la COMUNIDAD DEL MONTE VECINAL EN MANO COMUN DE LA PARROQUIA DE MARZAN, representada por José Prado Fandiño como presidente de la misma, asistido del Letrado Sr. Díaz fuentes y apelados Margarita , Beatriz , Raquel , Bartolomé , Encarna , Jorge , María Rosa , Lorenza , Aurora Y Luis Pedro , representados por el Procurador Sr. PARDO PAZ y asistidos de la Letrada Sra. Doval Rodríguez; Cristobal Y Trinidad representados por el Procurador Sr. PARDO PAZ y asistidos del Letrado Sr. Amado Rodríguez. Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE MANUEL VARELA PRADA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia DE CHANTADA en fecha 26.07.04 , dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por la Comunidad del Monte Vecinal en mano Cómun de la parroquia de Marzán representada por D. Jose Miguel como presidente de la misma contra D. Cristobal y Dña. Trinidad , Dña. Beatriz , Dña. Raquel , D. Bartolomé , D. Jorge , Dña. Aurora , Dña. Encarna , Dña. María Rosa , Dña. Lorenza , D. Luis Pedro , y Dña. Margarita

, absolviéndolos de todos los pedimentos recogidos en la misma. Se imponen las costas a la parte actora. .

SEGUNDO

Interpuesto el recurso de apelación contra la citada sentencia el mismo fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a la Audiencia provincial correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, y, además:

De los datos obrantes en las actuaciones y demás actividad probatoria desplegada, la valoración realizada por el Juzgador a quo, ha de entenderse acertada.

SEGUNDO

Tal y como se ponía de manifiesto en la sentencia de instancia, la acción reivindicatoria ejercitada exige una serie de requisitos para el éxito de la misma, que giran, respecto a tal inequívoca identificación, en torno, por una parte, a la identidad propiamente dicha, a medio del correspondiente titulo que acredite la propiedad , y por otro, que tal identidad coincida ó se corrobore con la realizada material ó prácticamente sobre el terreno, identificación plena de la finca reivindicada, sin la cual no puede, como se dijo, tener éxito la acción ejercitada.

Pues bien, en el presente caso, y sin perjuicio de la naturaleza de la adjudicación de...

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