SAP Lugo 200/2000, 14 de Marzo de 2000

PonenteFRANCISCO CAAMAÑO PAJARES
ECLIES:APLU:2000:276
Número de Recurso407/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución200/2000
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 200

Iltmos Señores

Presidente

Don Remigio Conde Salgado

Magistrados

Don Francisco Caamaño Pajares

Don Andrés Neira Medín

En la Ciudad de Lugo a catorce de marzo de dos mil.

La Iltma Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala número 407 de

1.999, dimanante de los autos del juicio de Menor Cuantía número 254 de 1.996 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO de Viveiro , sobre reclamación de cantidad; siendo apelante el demandante COIMBA Y AGRUPACION DE COSECHEIROS DE ALBARIÑO DO SANLES, representado por el Procurador Sr Varela Puga y bajo la dirección del Letrado don Jose Luis Martínez Paul Domínguez, y como apelados el demandado don Rodolfo , representado por el Procurador Sr Mourelo Caldas y asistido del Letrado Sr González López, y los también demandados D. Jose María , representado por el Procurador Sr. Pardo Paz y asistido Letrado Sr González López, y don Luis Pablo y Construcciones A Vila S.L. Coavi S.L. declarados en rebeldía y siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr Dos Francisco Caamaño Pajares.-ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Que con fecha 22 de enero de 1.999 por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO de Vivero, se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO Que estimando parcialmente la demanda formulada por las entidades "Compañía Industrializadora del Bacalao S.L., representado digo, y a "AGRUPACION DE CONSECHEIROS DE ALBARIÑO DO SANLES", representados ambos por el Procurador Sr Cuba Rodríguez contra Construcciones A Vila S.L., Coavi; S.L., D Luis Pablo , ambos constituidos y declarados en rebeldía, contra Don Jose María representados por el Procurador Sr Prieto Vázquez, y contra D. Rodolfo , representado por el Procurador Sr Trigo Pérez, debo condenar y condeno a los codemandados, "CONSTRUCCIONES A VIZA S.L. " y a D. Luis Pablo a que solidariamente abonen a la demandante "Agrupación de Consecheros do Albariño do Sanles, Sociedad Agraria de Transformación

    4.031 "la cantidad de 1.086.630 (UN MILLON OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTAS TREINTA PESETAS) más los intereses legales y a la entidad "COMPAÑÍA INDUSTRIALIZADORA DEL BACALAO S.L, Sucesora de Andrés Rodríguez de Dios Hijos, COIMBA" la cantidad de 1.091.400 (UN MILLON NOVENTA Y UNA MIL CUATROCIENTAS PESETAS), más los intereses legales, así como al abono de las costas causadas, como debo absolver y absuelvo a D. Rodolfo y a D. Jose María de las pretensiones frente a ellos ejercitadas, sin imposición de costas procesales.

  2. - En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de laspartes a fin de que comparecieran ante la misma a usar de sus derechos, lo que así hicieron en tiempo y forma dicha parte recurrente y las demás partes demandadas como apeladas, a las que se les dió traslado para su instrucción y una vez hubieron evacuado éste trámite, se señaló fecha para la vista la que tuvo lugar el día 24 de febrero de 2.000 a las 11 horas, en...

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