SAP Madrid 530/2007, 26 de Noviembre de 2007
Ponente | JOSE LUIS DURAN BERROCAL |
ECLI | ES:APM:2007:16596 |
Número de Recurso | 643/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 530/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9
MADRID
SENTENCIA: 00530/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección Novena
SENTENCIA NÚMERO 530/07
RECURSO DE APELACIÓN 588/2006
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL
D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS
D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA
En Madrid, a veintiséis de noviembre de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº. 483/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº. 60 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo nº. 588/2006, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelado CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, representado por el Sr. Abogado del Estado; y de otra, como demandada y hoy apelante MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el Procurador Sr. D. Federico Ruipérez Palomino; sobre reclamación de Consorcio de Compensación de Seguros contra Aseguradora.
SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº. 60 de Madrid, en fecha siete de febrero de dos mil seis, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que estimando íntegramente la demanda planteada por el Abogado del Estado en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros contra Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros condeno a la demandada a abonar al actor 12.687,87 euros, intereses al 25% desde que el Consorcio de Compensación de Seguros abonó la indemnización y al pago de las costas del juicio.".
Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día veintiuno de noviembre del año en curso.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada que se complementen con los que a continuación se exponen.
La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra el 15 de enero de 2002, razona, por una parte, que ante la controversia surgida entre el Consorcio y la aseguradora Mapfre de conformidad con el apartado d) del artículo ...
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