SAP Barcelona, 9 de Marzo de 2000
Ponente | JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT |
ECLI | ES:APB:2000:2961 |
Número de Recurso | 1281/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D. JOAN CREMADES MORANT
Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN
D. JUAN CREMADES SABÉ
En la ciudad de Barcelona, a nueve de Marzo de dos mil.
VISTOS, en grado de apelación, ante la sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía nº 214/1997, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Barcelona , a instancia de D. Augusto representado por la Procuradora Dª. IRENE GONZÁLEZ REDONDO y dirigido por la Letrado Dª. Mª. PILAR RUBIO RUIZ, contra R.E.N.F.E., representada por el Procurador D. CARLOS PONS DE GIRONELLA, y dirigida por la Letrada Dª. MARGARITA ROCAMORA LORENTE y contra HÉRCULES HISPANO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador D. JAUME GUILLEM RODRÍGUEZ y dirigida por el Letrado Mª. JOSÉ AYLLÓN MONTEAGUDO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de Octubre de 1.998 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por la Procuradora Dña. Irene Amador Maya, contra RENFE Y LA COMPAÑIA ASEGURADORA "HERCULES; con expresa imposición al actor de las costas procesales causadas."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 3 de Febrero de 2.000, con el resultado que obra en la precedente diligencia, quedando los autos vistos para sentencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN CREMADES MORANT.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Con aceptación de los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia apelada,
La demanda rectora se encamina a la obtención de un pronunciamiento por el que se condena a RENFE y a ASEGURADORA HÉRCULES a pagar al actor D. Augusto la suma de 6.205.000 más el 20% de interés anual desde el 15.7.94, en base a que en la referida fecha, sobre las 10: 25 horas, viajaba en el tren Mataró/Arc de Triomf, cuando al pisar algo resbaladizo que se halla en el suelo del vagón, cayó hacia atrás, golpeándose en la cabeza y nuca con los asientos plegables situados en la plataforma, por lo que estuvo incapacitado 133 días y tuvo secuelas (parestesias en extremidades superiores, falta de fuerza en el brazo y antebrazo derecho, cefaleas y vértigos) que cuantifica en, respectivamente, 931.000 ptas. (a razón de 7.000 ptas./día) y 5.274.000 ptas.
La sentencia de instancia desestima la demanda, por falta de prueba del nexo causal. Frente a dicha resolución se alza el actor interesando su revocación por error en la apreciación de la prueba, pues de la documental (billete de tren, ingreso en servicio de urgencias, testimonio del juicio de faltas) en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba