SAP Barcelona, 28 de Abril de 2000

PonenteISABEL CARRIEDO MOMPIN
ECLIES:APB:2000:5292
Número de Recurso976/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOAN CREMADES MORANT

D./Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN

D./Dª. JUAN MARINE SABE

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de Abril de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal, número 265/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Rubí, a instancia de D/Dª. Miguel , contra TABASA TUNELS I ACCESSOS DE BARCELONA, S.A., incomparecido en esta alzada y representado en los Estrados del Tribunal y SEGUROS BANCO VITALICIO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de Abril de 1999 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda planteada por el/la Procurador/a D/Dña. Mónica Llovet Pérez, en nombre y representación de D. Miguel , contra la entidad TABASSA TUNELS I ACCESSOS DE BARCELONA, S.A., y contra la entidad SEGUROS. BANCO VITALICIO, debo absolver y absuelvo a estos de las pretensiones de la parte actora, y condenar a esta al pago de las cotas procesales."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que la comparecida lo impugnó; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y Fallo el día 23 de marzo de 2000.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales,salvo el plazo para dictar Sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia desestimó la pretensión actora de resarcimiento de daños y perjuicios ejercitada contra TABASA TUNELS I ACCESSOS DE BARCELONA S.A. y la entidad aseguradora BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, COMPAÑIA ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, al no haber probado que actuara aquella negligentemente en el cuidado de las instalaciones. Frente a dicha resolución se alza la parte actora, a medio del recurso que ahora se conoce, reproduciendo en esta alzada cuantos argumentos adujera en la instancia, para lograr el éxito de su pretensión.

SEGUNDO

Ciertamente a través de la atenta lectura de las actuaciones se detecta la aceptación por parte de las demandadas del hecho causante de los daños en el vehículo del actor, es decir del choque de éste contra un perro dentro de la autopista, pudiendo afirmarse, por tanto, que han existido unos daños ocasionados por la inopinada irrupción de un perro en la calzada de la autopista; la culpa por parte de la citada concesionaria por no mantener en condiciones de seguridad la circulación por su autopista; y como consecuencia la obligación directa de la compañía aseguradora por mor de los arts. 73 y 76 de la Ley de Contrato de Seguro , es, consecuentemente, clara. No puede aceptarse, pues, que no exista una responsabilidad nuclear por parte de la concesionaria, debido al incumplimiento de las medidas de seguridad que la explotación de la autopista le confiere y obliga. Conviene recordar que la jurisprudencia...

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