SAP Granada 128/2000, 2 de Marzo de 2000
Ponente | MARIA VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APGR:2000:634 |
Número de Recurso | 458/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 128/2000 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM 128
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCIA
MAGISTRADOS
D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ
Dª Mª VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ
En la Ciudad de Granada a Dos de Marzo de dos mil. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia
Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio de Menor Cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Granada , en virtud de demanda del Abogado del Estado, en la representación que del mismo y sus Organismos Autónomos ostenta por ministerio de la Ley, del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos, representado por el/a Letrado del Estado, contra EMASAGRA, representado por ella Procurador/a Sr/a. Olivares López; MAPFRE INDUSTRIAL S.A. Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS S.A. (OSEP S.A.), ambos representados por el Procurador Sr. Bertos García.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y
La referida sentencia, fechada en ocho de abril de mil novecientos noventa y nueve , contiene el siguiente Fallo: "Condeno solidariamente a la Empresa Municipal de Abastecimiento y Saneamiento de Granada, S.A. (EMASAGRA), a Obras y Servicios Públicos, S.A. y a Mapfre Industrial, Sociedad Anónima de Seguros a pagar a Correos y Telégrafos la cantidad de cuatrocientas cincuenta y cuatro mil novecientas noventa y cuatro (454.994.-) pesetas, intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, incrementados en dos puntos a partir de esta resolución y cada parte abonarálas costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. "
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte Demandante, en el acto de la vista su Letrado interesó la revocación de la sentencia recurrida; y por el Letrado Sr. D. Fernando Mir Gómez, de la parte apelada (EMASAGRA) se solicitó la confirmación de dicha resolución, con imposición de costas a la parte contraria, y por el Letrado D. Rafael Martínez Ruíz por la codemandada (OSEP S.A.), se solicitó se dictase sentencia confirmando la de instancia.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sra. Dª. Mª VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ.
Los requisitos que vienen exigiéndose para la apreciación de una responsabilidad por culpa extracontractual, con fundamento en el art. 1902 del C.Civil , son los siguientes: acción u...
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