SAP Almería 55/2001, 25 de Febrero de 2001
Ponente | RAFAEL GARCIA LARAÑA |
ECLI | ES:APAL:2001:244 |
Número de Recurso | 17/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 55/2001 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
D. Juan Ruiz Rico Ruiz MorónD. Társila Martínez RuizD. Rafael García Laraña
SENTENCIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN 1ª
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. Juan Ruiz Rico Ruiz Morón
MAGISTRADOS
Dª Társila Martínez Ruiz
D. Rafael García Laraña
En la ciudad de Almería, a veinticinco de febrero de dos mil uno.
La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto y oído en grado de apelación, Rollo nº 17/2000, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Almería, seguidos con el nº 403/1998, sobre reclamación de cantidad en procedimiento de menor cuantía, entre partes, de una como demandante Dª Juana y, de otra como demandada la Comunidad de Regantes de la Fuente de los Ocañas Viñas de Abla y Abrucena, representada la primera por la Procuradora Dª Carmen Soler Pareja y dirigida por el Letrado D. Pedro José García Cazorla, y la segunda representada por la Procuradora Dª Isabel Yáñez Fenoy y dirigida por el Letrado D. Emilio J. López Gutiérrez.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 29 de septiembre de 1999, cuyo Fallo dispone:
"Que en la demanda formulada por la Procuradora Sra. Soler Pareja, en nombre y representación de Dª Juana en concepto de demandante, y como demandada la Comunidad de Regantes "Las Viñas", representada por la Procuradora Sra. Yáñez Fenoy, se declara la falta de competencia de esta jurisdicción para el conocimiento de la reclamación deducida contra la citada demandada, imponiendo a la actora las costas originadas en el procedimiento".
Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos al Tribunal previo emplazamiento de las partes en el término legal, donde se formó el Rollo correspondiente, en el que oportunamente comparecieron las mismas y, seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista, la que tuvo lugar el 19 de los corrientes, con asistencia de las partes comparecidas, solicitando la recurrente la revocación de la sentencia impugnada y que, en su lugar, se dicte otra por la que se estime la demanda, y el Letrado de la parte apelada su íntegra confirmación, con imposición de las costas de la alzada al recurrente, declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael García Laraña.
La reclamación origen de esta litis tiene su origen fáctico en el fallecimiento del esposo de la actora, D. Benito , acaecido según ésta cuando participaba en tareas de reparación de una cimbra de agua propiedad de la comunidad demandada. El Juzgado, en la sentencia recurrida, aprecia de oficio la falta de jurisdicción por...
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