SAP Sevilla 796/2002, 31 de Octubre de 2002
Ponente | PEDRO LUIS NUÑEZ ISPA |
ECLI | ES:APSE:2002:4404 |
Número de Recurso | 5592/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 796/2002 |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª |
SENTENCIA NÚM. 796
ILTMOS. SRES.
DON PEDRO NUÑEZ ISPA
DON JUAN MARQUEZ ROMERO
DON MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
En Sevilla, a treinta y uno de octubre de dos mil dos.
VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario n° 1067/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Nueve de Sevilla, promovidos por Don Víctor contra Eulen, SA. y Banco Vitalicio de España; sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia en los mismos dictada en veintiocho de mayo de dos mil dos.
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Gloria Navarro Rodríguez en nombre y representación de Don Víctor , contra Mercantil Eulen, SA. y Cía Aseguradora Banco Vitalicio de España y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos que se les formulan, todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte actora."
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de fecha veintiséis de septiembre de dos mil dos, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día treinta de octubre de dos mil dos, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don PEDRO NUÑEZ ISPA
El estudio detallado de los argumentos del recurso de apelación formulado por la representación del perjudicado (frente a la sentencia que desestimó la demanda) se examinan y valoran conforme al conjunto probatorio del proceso referido a la documental, actuaciones penales con el mismo carácter probatorio de documental cualificada y formal, fotografías y testifical, con las actuaciones y resultado probatorio del juicio recogido en la grabación aportada que se visualiza directamente. De todo lo actuado aparece que el señor que reclama en condición de lesionado y perjudicado, en unión de otro señor, ambos con la calificación profesional de Oficiales de primera de mantenimiento, con experiencia profesional en los trabajos que desempeñaban, recibieron la orden y encargo de la toma de datos de equipos y componentes de la instalación climatizadora del Museo de Bellas Artes de Sevilla, instrucciones impartidas por sus superiores en la Empresa Eulen, SA., a la que la Dirección del Museo había encomendado las actividades y trabajos expresados. Cuando llegaron al Museo los dos operarios técnicos subieron a la zona donde se halla instalada el equipo de climatización que, arquitectónicamente, constituye una pequeña azotea interior del inmueble del Museo, que se encuentra cerrada en todo su perímetro aunque en uno de los costados, según describe la...
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ATS, 19 de Septiembre de 2006
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