SAP Vizcaya 653/2000, 7 de Julio de 2000

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:APBI:2000:3162
Número de Recurso6/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución653/2000
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 653/00

ILMOS. SRES.Dña. REYES CASTRESANA GARCIA

D. MANUEL JOSE BAEZA DIAZ PORTALES

D. PEDRO LUIS GARCIA MUÑOZ

En BILBAO, a siete de Julio de dos mil.

Vistos en grado de apelación por esta Audiencia Provincial de Bilbao Sección 5ª, en Comisión de Apoyo integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que la encabezan, los presentes autos de JUICIO DE MENOR CUANTIA Nº 708/97 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD seguidos en primera instancia ante el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Bilbao y del que son partes como demandante SUN ALLIANCE S.A. representada por la Procurador Sra. Colina Martinez y dirigido por el Letrado Sr. Fuentenebro Zabala y como demandado MUNDI BILBAO MENSAJEROS S.A.L. representado por la Procurador D. Mª Dolores de Rodrigo y Villar y dirigido por el Letrado Sr. Moure Silva, siendo Ponente en esta instancia el Imo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSE BAEZA DIAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el juzgador de primera instancia se dictó con fecha 30-11-98 sentencia, cuya parte dispositiva dice literalmente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por SUN ALLIANCE S.A., representada por la Procuradora Sra. Colina Martinez, frente a MUNDI BILBAO MANSAJEROS S.A.L. representada por la Procuradora Sra. Rodrigo y Villar, debo condenar y condeno a la demanda a que abone a la actora la cantidad de 825.000.- ptas, los intereses del art. 921 L.E.C. y las costas de este juicio".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Mundi Bilbao Mensajeros S.A.L. y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, personandose en tiempo y forma el apelante y pernandose también en forma el apelado, se formó el correspondiente rollo y se siguio este recurso por sus trámites.

TERCERO

En el acto de la vista por la representación de la parte apelante se solicitó la estimación del recurso y la revocación de la sentencia, y que se dicte nueva resolución por la que, desestimando la demanda, se absuelva a su patrocinado de los pedimentos de la misma, con imposición de costas a la parte demandada.

La parte recurrida, solicita la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia con imposición de costas en esta alzada a la parte recurrente.

CUARTO

En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y terminos legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Deducida demanda, al amparo del art. 43 LCS, por la aseguradora actora -Sun Alliance S.A.- a fin de obtener el reemboloso de la indemnización abonada a su asegurada -Pérez Albertín S.L.- por la pérdida de un paquete con determinadas piezas de joyería, y cuyo transporte se encargó a la demandada -Mundi Bilbao Mensajeros S.A.L.-, se dictó sentencia en primera instancia mediante la que, rechazando la oposición deducida por la demandada (y por considerarse, en esencia, y aparte de entender nula la cláusula 3ª del albarán aportado como documento nº 2 del escrito de demanda, que la pérdida de la mercancía obedeció a la absoluta falta de diligencia de la transportista demandada, la que sería equiparable al dolo), se concluyó con la estimación de la demanda.

Frente a dicha sentencia, se alza la demandada alegando, además de que concurren los requisitos para la aplicación del art. 3.1 del R.D. 1211/90 relativo a la responsabilidad de los porteadores, que la carga de la prueba del dolo la tiene la actora, sin que sea equiparable el dolo a la culpa (aquél, a diferencia de ésta, supondría intencionalidad en la pérdida), y que, en cualquier caso, no se ha acreditado la existencia de dolo ni culpa en el...

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