SAP Valencia 126/2008, 4 de Marzo de 2008

PonenteMARIA CARMEN BRINES TARRASO
ECLIES:APV:2008:692
Número de Recurso835/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución126/2008
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

126/2008

ROLLO 000835/2007

SENTENCIA Nº_126

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ

Magistrados/as

D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS

Dª CARMEN BRINES TARRASÓ

En la ciudad de VALENCIA, a cuatro de marzo de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra Dª CARMEN BRINES TARRASÓ, los autos de Juicio Ordinario, promovidos ante el

Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de MISLATA, con el nº 000621/2005, por DISEÑO 89 SL contra Dª Diana, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por DISEÑO 89 SL representado por la Procuradora Dª Carmen Lis Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 2 de MISLATA, en fecha 5 de abril de 2.007, contiene el siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo, la demanda interpuesta por la representación procesal de Diseño 89 S.L. contra Dª Diana absolviendo a ésta de todos los pedimentos contenidos en la demanda y condenando en costas a la parte actora."

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por DISEÑO 89 SL, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 26 de febrero de 2.008.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora ejercitó accion sobre nulidad de ejercicio de retracto de vivienda con fundamento en las siguientes consideraciones: Con fecha 30 de octubre de 2003, Diseño 89 S.L. adquirió el inmueble sito en Mislata Avenida DIRECCION000 numero NUM000 el cual se encontraba arrendado atendidas las manifestaciones de la parte vendedora a Dª Diana, razon por la que se procedió a comunicarle la operación al tiempo que esta interesaba el ejercicio del derecho de retracto que se formalizó en escritura de fecha 15 de diciembre de 2003. La arrendataria pretendia no solo el retracto del mencionado edificio en el que se ubicaba un local de negocio en planta baja y vivienda en el primer piso, sino asimismo el del colindante, tambien adquiridó por la actora, arguyendo su condicion de arrendataria del segundo inmueble en contra de lo que se desprende de la escritura de venta. Por otra parte, la Sra. Diana venia poseyendo, si bien no la ocupaba, una parte de la planta baja del inmueble numero NUM001, al haber derribado en su dia la pared medianera sin titulo alguno que la legitimase y sin abonar renta alguna. Por este motivo se formuló demanda de desahucio por precario, que resultó estimada, anunciando la demandada su intencion de recurrir la Sentencia y ejercitar el retracto sobre el referido inmueble colindante. Toda esta situacion llevo a la mercantil actora a traves de diferentes indagaciones a averiguar que la demandada estaba actuando bajo la direccion de terceras personas con las que habia llegado a un acuerdo para, aprovechando su condicion de arrendataria del inmueble numero NUM000 y precarista del numero NUM001 favorecer la adquisición de aquellos en un claro fraude de Ley. Además, la arrendataria tampoco ocupa el inmueble alquilado, sino que dado su estado de ruina, la misma esta viviendo en la Avenida DIRECCION000 numero NUM002 de la localidad de Mislata. Todo ello ha determinado que el consentimiento prestado por el legal representante de la demandada al ejercitarse el derecho de retracto haya estado viciado procediendo en consecuencia se dicte Sentencia por la que se declare la nulidad e ineficacia del contrato entre la mercantil Diseño 89 S.L. y Dª Diana formalizado mediante escritura publica de 15 de diciembre de 2003 por resultar simulado o adolecer de vicios en el consentimiento. Asimismo, que el inmueble sito en la Avenida DIRECCION000 NUM000 pertenece a Diseño 89 S.L. y que la misma ostenta el pleno dominio sobre la misma, haciendo pasar a la demandada por dicha declaración. Y por último que se decrete la cancelación de las inscripciones de dominio en el Registro de la Propiedad referidas al mencionado inmueble inscrito en la actualidad a favor de la demandada asi como cualquiera de sus anotaciones que se deriven directa o indirectamente de la nulidad e ineficacia del título que se solicita. Y todo ello con expresa imposición a la contraparte de las costas del juicio.

La parte demandada compareció y formuló oposición a la demanda que en sintesis basaba en las siguientes argumentaciones: La demandada era arrendataria de la totalidad del inmueble sito en el numero NUM000, tanto para vivienda como para local de negocio. A su vez, era arrendataria de la mitad de la planta baja del inmueble colindante numero NUM001 desde hace más de 60 años. Inicialmente la planta baja del numero NUM000 era destinada a pescaderia y la mitad de la planta baja del numero NUM001 servia como almacen, en tanto que la planta alta del numero NUM000 hacia las funciones de vivienda. Una vez...

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