AAP Madrid 113/2003, 24 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:11659
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución113/2003
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

ROLLO P.A. nº 52/2003

D.Previas nº 2876/03

Procedente del Juzgado de Instrucción nº42 de Madrid.

S E N T E N C I A Nº 113/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN QUINTA

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Javier Vieira Morante

Magistrados:

D. Arturo Beltrán Núñez

D. Jesús Angel Guijarro López

En Madrid, a veinticuatro de octubre de dos mil tres.

Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la Causa Diligencias Previas nº2876/2003, procedente del Juzgado de Instrucción nº42 de Madrid, seguida por presunto delito contra la salud pública contra Concepción , con número de permiso de residencia y trabajo NUM000 nacida en República Dominicana el 17/05/1969, hija de Sebastián y María Esther , con domicilio en Madrid, CALLE000NUM001NUM002 , con instrucción y sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa en la que han sido partes el Ministerio Fiscal y dicha acusada representada por la procuradora Doña María de Villanueva Ferrer y defendida por el abogado Don José María Gómez Martínez, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Arturo Beltrán Núñez

ANTECEDENTES DE HECHO

=======================

PRIMERO

Practicada la prueba en el acto del juicio y en tramite de conclusiones definitivas el Ministerio Fiscal modificó las conclusiones provisionales y acusó a la imputada de ser autora de un delito contra la salud pública en grado de tentativa de los artículos 368, inciso inicial, 16 y 72 del Código Penal solicitando la pena de dos años de prisión accesorias multa de 15.000 Euros y pago de las costas del juicio.

SEGUNDO

En el mismo trámite la defensa de la acusada mostró su conformidad con la calificación fiscal y con las penas solicitadas.

TERCERO

En el trámite de hacer uso al derecho a la última palabra la acusada mostró la conformidad con la pena como mal menor frente a la pedida en conclusiones provisionales que era de 6 años de prisión y multa de 30.000 Euros pero entendiendo que debería ser absuelta por desconocer el contenido del paquete recibido a su nombre, esto es, por ser inocente.

II HECHOS PROBADOS

==================

En circunstancias que no han sido totalmente aclaradas, la acusada Concepción conocida por Silvia aceptó recoger el día 24-04-03 un paquete remitido desde Colombia por Domingo y que llegó a la Aduana del Aeropuerto de Barajas el día 2 de Abril de 2003. El paquete tenía por destinataria a Silvia , CALLE001NUM003NUM002 , Madrid. Por sospechar que contenía droga, fue objeto de un procedimiento de entrega controlada autorizada por el Magistrado Juez de Instrucción nº30 de los de Madrid, si bien hubo que realizar gestiones hasta comprobar que en la CALLE001NUM003 , NUM002 no vivía nadie que se correspondiera con las señas del paquete, pero si existía en el piso bajo de dicho número y calle una peluquería -Peluquería "Ambar"- en la que trabajaba Concepción . Estos datos pudieron obtenerse porque la empresa de transporte que debía efectuar la entrega se puso en contacto con el remitente el cual, informado del problema existente con las señas facilitó un teléfono de contacto con la destinataria que resultó ser el de la citada peluquería. Cuando agentes de la Guardia Civil fueron a entregar el paquete y preguntaron por Silvia la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR