SAP Alicante 423/2007, 13 de Noviembre de 2007

PonenteENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA
ECLIES:APA:2007:2389
Número de Recurso342/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución423/2007
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE

SECCION OCTAVA.

TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA

ROLLO DE SALA Nº 441-342/07

PROCEDIMIENTO: JUICIO ORDINARIO 785/06

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA ALICANTE-6

SENTENCIA NÚM. 423/07

Iltmos.:

Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.

Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.

Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán.

En la ciudad de Alicante, a trece de noviembre de dos mil siete.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario número 785/06, sobre contrato de seguro, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, "Asistencia Sanitaria Interprovincial, S.A.", representada por el Procurador Don Perfecto Ochoa Poveda, con la dirección del Letrado Don Pedro Sillero Olmedo y; como apelada, la parte actora, Doña Estefanía, representada por la Procuradora Doña Estefanía Ripoll Garrigós, con la dirección de la Letrada Doña Matilde Mayor León.

I - ANTECEDENTES DE H E C H O.-

PRIMERO

En los autos de Juicio Ordinario número 785/06 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Alicante, se dictó Sentencia de fecha veinte de marzo de dos mil siete, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Ripoll Garrigós, en nombre y representación de doña Estefanía, contra la entidad Asistencia Interprovincial de Seguros S.A. (ASISA), debo condenar y condeno a ésta a que abone a la actora la cantidad de 7.792 €, con sus intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y los intereses procesales desde la fecha de la sentencia.

Cada parte habrá de abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad"

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte demandada y; tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a la parte actora que presentó el escrito de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 441-342/07, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día de la fecha, en el que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique García Chamón Cervera.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En las dos primeras alegaciones del recurso se denuncia la errónea valoración de la prueba por el Juzgador de instancia pues del resultado de la practicada en el Juzgado a quo se infiere que la actora omitió en el cuestionario de salud previo a la suscripción de una póliza de seguro de asistencia sanitaria la declaración al asegurador de determinadas circunstancias conocidas por ella (existencia de dolores originados por la presencia de cálculos biliares) que podían influir en la valoración del riesgo.

A estos efectos, resulta determinante la testifical del Médico Don Cornelio, especialista en aparato digestivo y, los dos informes emitidos por él incorporados en el haz de documentos identificado como número 5 de la contestación, de los que se desprenden las siguientes circunstancias:

  1. -) en el mes de febrero de 2005, la actora, que refería dolores, fue a la consulta del Doctor Cornelio, especialista en aparato digestivo quien, a la vista de los síntomas, sospechó de la existencia de un cuadro de litiasis en vesícula biliar.

  2. -) para confirmar esa sospecha, el referido facultativo prescribió a la actora la práctica de una ecografía, citándole para el día 7 de marzo.

  3. -) el día 4 de marzo de 2005, la actora cumplimentó el cuestionario de salud previo a la suscripción de la póliza de seguro de asistencia médica con la entidad ASISA, así como también la póliza que tiene efecto desde el siguiente día 15 de marzo.

  4. -) en ese cuestionario, en el apartado relativo a "sus últimas tres visitas al médico" no mencionó la visita al especialista de aparato digestivo que tuvo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR