SAP Barcelona 500/2007, 22 de Junio de 2007

PonenteELENA GUINDULAIN OLIVERAS
ECLIES:APB:2007:7978
Número de Recurso79/2007
Número de Resolución500/2007
Fecha de Resolución22 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

SECCIÓN QUINTA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

ROLLO NÚM.79/2007

PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 492/2006

JUZGADO PENAL NÚM. 2 DE MANRESA

SENTENCIA

ILMOS. SRES:

Dª ELENA GUINDULÁIN OLIVERAS

Dº AUGUSTO MORALES LIMIA

Dº JOSÉ MARIA ASSALIT VIVES

En la Ciudad de Barcelona, a veintidós de junio de 2007.

Visto, en grado de apelación ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Barcelona, el rollo de apelación de las referencias al margen, seguido por delito contra la seguridad del tráfico, contra Juan Francisco ; que pende ante esta Sección en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador D Xavier Armengol Medina en nombre y representación de Juan Francisco contra la sentencia dictada en este procedimiento el día diecisiete de enero de dos mil siete. Es parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia dice: "FALLO: Se condena a Juan Francisco como autor de un delito de conducción bajo los efectos de las bebidas alcohólicas a la pena de multa de ocho meses con cuota diaria de 12 euros y de privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de 18 meses y costas del procedimiento, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y a que indemnice a la Diputación Provincial de Barcelona en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, de la que será responsable civil directo la aseguradora Maaf"

SEGUNDO

Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se han seguido los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ELENA GUINDULÁIN OLIVERAS.

Se modifica el relato de hechos de la sentencia recurrida.

Se declaran probados los siguientes hechos: En hora no determinada de la noche-madrugada del día 13 de abril de 2003, el acusado Juan Francisco, condujo el vehículo de su propiedad, marca Seat Cordoba, matricula Q-....-QZ, asegurado en la compañía Maaf, por la carretera C-153, y a la altura del punto kilométrico 8.2, partido judicial de Vic, perdió el control de su vehículo colisionando con los elementos de protección de la vía, titularidad de la Diputación de Barcelona, causando unos daños. Al acusado se le practico la prueba de alcoholemia que dio un resultado positivo de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado a las 3,13 horas y de 0,57 miligramos de alcohol por litro de aire espirado a las 3,30 horas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interesa la revocación de la sentencia por otra que absuelva a Juan Francisco del delito contra la seguridad del tráfico del art. 379 del CP por el que ha sido condenado.

El recurso se apoya en los siguientes motivos: 1º Error en la apreciación de las pruebas. Alega que los hechos que se relatan como probados no responden a la realidad, que se valora erróneamente la declaración del acusado y del único testigo que presenció el accidente. 2º Vulneración del principio de presunción de inocencia. Señala que no hay ninguna prueba de las practicadas que demuestre que el acusado condujera un vehículo a motor influenciado por la ingestión de alcohol. Dice: a) que las actuaciones llevadas a cabo por los Mossos de Esquadra se realizaron pasadas dos horas de la conducción del acusado por lo que su validez no...

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