SAP Valencia 246/2006, 8 de Mayo de 2006

PonenteSUSANA CATALAN MUEDRA
ECLIES:APV:2006:1765
Número de Recurso151/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución246/2006
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2006-0000953

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 151/2006- C -

Dimana del Juicio Ordinario Nº 333/2003

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE LLIRIA

Apelante/s: LA ESTRELLA SA DE SEGUROS.

Procurador/es.- María Virtudes.

Apelado/s: TAEP SL.

Procurador/es.- EVA Mª TELLO CALVO.

SENTENCIA Nº 246/2006

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO

Magistrados/as

DÑA. SUSANA CATALAN MUEDRA

D. ALEJANDRO GIMÉNEZ MURRIA

En Valencia, a ocho de mayo de dos mil seis

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra D/Dña. SUSANA CATALAN MUEDRA, los autos de Juicio Ordinario - 333/2003, promovidos por la mercantil TAEP SL contra LA ESTRELLA SA DE SEGUROS sobre "acción de reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por LA ESTRELLA SA DE SEGUROS, representado por el Procurador D/Dña. María Virtudes y asistido del Letrado D/Dña. ESTEBAN RAMOS SANCHIS contra TAEP SL, representado por el Procurador D/Dña EVA MARIA TELLO CALVO y asistido del Letrado D./Dña. MARTIN GUERRERO PORCAR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE LLIRIA, en fecha 29 de julio de 2005 en el Juicio Ordinario - 333/2003 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Tello Calvo, en nombre y presentación de TAEP SL, debo condenar y condeno a la Estrella de Seguros, S.A. al pago a TAEP SL de la cantidad de 6.178,71 € más los intereses previstos en el fundamento jurídico quinto y las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de LA ESTRELLA SA DE SEGUROS, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de la mercantil TAEP SL. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 3 de mayo de 2006.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se comparten los de la sentencia recurrida en cuanto no se opongan a los siguientes:

PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada, estimatoria de la demanda formulada, se alza la parte demandada alegando, en síntesis: que el clausulado general de la póliza aportado por la parte demandada al procedimiento no fue impugnado por el actor, el cual, incluso, lo propuso como prueba documental, y del mismo se desprende que los objetos sustraídos son enseres afectos a la actividad por lo que quedan excluidos del concepto de existencias que constituían la garantía objeto de cobertura del recuso; que el actor no ha probado la preexistencia y valoración de los objetos que afirma fueran sustraídos en los dos robos; que el IVA debería, en todo caso, ser excluido del "quantum" indemnizatorio al poder repercutirlo la demandante y desgravar aquél del que es sujeto pasivo, y, finalmente, que no habría de serle impuesto el interés moratorio del art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro, por cuanto la falta de pago se halla plenamente justificada.

SEGUNDO

Y procede desestimar el primer motivo de recurso, si bien atendido diverso razonamiento al consignado por el Juzgador de Primera instancia, considerando que del Clausulado General de la póliza, que el propio demandado aportó a la litis (documental a los folios 74 a 91), no resulta la distinción entre "existencias fijas" y "mobiliario, maquinaria y enseres" para las garantías de continente y contenido (art. 3, en relación el 5 ), sino que se contrapone el "mobiliario, maquinaria e instalaciones" con "existencias", concibiendo éstas como "el conjunto de materias primas, productos en proceso de fabricación y acabados y mercancías almacenadas". Y, consecuentemente, siendo objeto de aseguramiento, a tenor del condicionado...

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