SAP Zaragoza 217/2007, 20 de Abril de 2007
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2007:729 |
Número de Recurso | 68/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 217/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA, SENTENCIA: 00217/2007
SENTENCIA núm. 217 / 2007
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a veinte de Abril de dos mil siete.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0001038/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 068 de 2007, en los que aparece como parte apelante CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS representado por el ABOGADO DEL ESTADO; y como parte apelada D. Lucas representado por el procurador D. LUIS GALLEGO COIDURAS y asistido por el Letrado D. JOSE RAMON GARCIA HUICI; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 9 de noviembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Gallego Coiduras, DEBO CONDENAR Y CONDENO al CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS a pagar al demandante la suma de 1.351,49 euros, intereses legales del art 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha de la interpelación judicial y costas procesales".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal del Consorcio de Compensación de Seguros, se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 9 de abril de 2007.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;
D. Lucas reclama 1.351'49 € al Consorcio de Compensación de Seguros en su condición de fondo de garantía para resarcirse de los daños ocasionados en el automóvil de su propiedad, matrícula Y-....-UN, al ser alcanzado en su parte trasera por el vehículo matrícula F.... FW, en fecha 24-12-2005, que carecía de todo tipo de seguro.
La entidad demandada se opone a la demanda con base a que sí existía la cobertura que se niega en la demanda, en concreto, de la entidad GROUPAMA, y el juzgador de primer grado entiende que se da el supuesto prevenido en el art. 11. d) de la LRCySCVM pues existe controversia sobre la existencia o no de cobertura para vehículo...
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