SAP Álava 64/2004, 14 de Abril de 2004

PonenteJESUS MARIA MEDRANO DURAN
ECLIES:APVI:2004:180
Número de Recurso92/2004
Número de Resolución64/2004
Fecha de Resolución14 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 64/04

En el recurso de Apelación civil Rollo de Sala 92/04, Autos de Juicio Verbal número 608/03, procedente del Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Vitoria , promovido por BIHARKO

ASEGURADORA, S.A. , dirigida por el Letrado D. José Ramón Jiménez Gonzalez, y representada por la Procuradora Dª Blanca Bajo Palacio, frente a la Sentencia de fecha 31.12.03 , siendo parte apelada DIRECCION000 DE VITORIA dirigida por el Letrado D. Jose Vidal Sucunza Vicente y representada por la Procuradora Dª Concepción Mendoza Abajo; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús María Medrano Durán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de procedencia sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por BIHARKO ASEGURADORA representada por la Procuradora Sra. Bajo frente a DIRECCION000 absolviendo a la demandada de los pedimentos aducidos en su contra.

Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte actora".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de BIHARKO ASEGURADORA, S.A., alegando los motivos que se examinarán en los fundamentos siguientes, recurso que fue admitido a trámite por providencia de fecha 01.03.04, dando traslado a las partes por diez días para alegaciones. Por la Procuradora Dª Concepción Mendoza Abajo en nombre y representación de la DIRECCION000 DE VITORIA, se presentó en fecha 10.03.04 escrito de oposición al recurso formulado de contrario, elevándose los autos a esta Audiencia, previo cumplimiento de los trámites legalmente previstos.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Audiencia, en fecha 02.03.04 se formó el rollo, registrándose y turnándose la ponencia, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 7 de Abril de 2004.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La mercantil "Biharko Aseguradora S.A." en el ejercicio de la acción subrogatoria del artº 43 L.C.S . demandó por los cauces del procedimiento declarativo verbal a la DIRECCION000 , de Vitoria, el importe de 1.565,60 euros, cuya cuantía vino a satisfacer a sus asegurados D. Cesar y D. Marcos -ambos copropietarios de la comunidad demandada-, por los daños que les sobrevinieron en diversos aparatos electrodomésticos instalados en sus respectivas viviendas, el pasado día 7 de agosto de 2002. Conforme a la demanda -que se sustenta en el artº 1.902 C.C . y 10.1 L.P.H . en relación al 43 L.C.S .-, en la indicada fecha, con motivo del quemado, por un deficiente contacto, de la pletina correspondiente a la línea neutro del cuadro general del inmueble, determinó que la ante dicha línea entrase en fase, generando una sobretensión en las líneas de la corriente eléctrica, que pasando de 380 a 660 V., originó diversos daños en distintos aparatos electrodomésticos conectados a la red, siendo la causa de quemado de la pletina el que esta estuviera suelta, y al no haber suficiente contacto con la línea del neutro, se produjo la sobretensión.

El Juzgado de Primera Instancia desestima en su integridad la demanda, pues acogiendo la tesis mantenida por la demandada, el siniestro fué originado por la tensión inducida en las líneas de acometida eléctrica por la caida de un rayo, hecho debido a una fuerza mayor que hace desaparecer el nexo...

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