SAP Álava 340/2002, 27 de Diciembre de 2002

ECLIES:APVI:2002:604
Número de Recurso291/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución340/2002
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 1ª

AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta

Tfno.: 945-004821

Fax: 945-004820

N.I.G. 01.02.2-00/009998

R. VERBAL UNIPER 291/02

O.Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 2 (Vitoria)

Autos de JUICIO VERBAL 613/00

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Recurrente: PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA

Procuradora: MARIA CONCEPCION MENDOZA ABAJO

Abogado: FERNANDO CUESTA CALZADA

Recurrido: Mónica

Procuradora: BLANCA BAJO PALACIO

Abogado: FRANCISCO-MARCOS FERNANDEZ RIO

Recurrido: María Angeles y Alonso (Rebeldes)

A.R.L.

APELACION CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Iltmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente y D. Jaime Tapia Parreño, y D. Iñigo Elizburu Aguirri, Magistrados, ha

dictado el día veintisiete de diciembre de dos mil dos.

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 340/02

En el recurso de Apelación Civil Rollo de Sala nº 291/02 dimanante de Juicio Verbal de tráfico nº 613/00, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria-Gasteiz,

promovido por PELAYO MÚTUA DE SEGUROS dirigido por el Letrado D. Fernando Cuesta Calzada y representado por la Procuradora Dª Concepción Mendoza Abajo, frente a la sentencia dictada en fecha 13.05.02, siendo parte apelada Dª Mónica dirigida por el Letrado D. Francisco- Marcos Fernández Rio y representada por la Procuradora Dª Concepción Mendoza Abajo, y Dª María Angeles y D. Alonso em situación procesal de rebeldía. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. Iñigo Madaria Azcoitia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria- Gasteiz, sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Bajo, en nombre y representación de Dª Mónica , contra Dª María Angeles , D. Alonso y la compañía de seguros Pelayo, en situación procesal de rebeldía los dos primeros y representada en autos por la produradora Sra. Mendoza la tercera, debo condenar y condeno a los demandados a que solidariamente abonen a la actora la suma de 3.207'53 euros, la cual devengará para la aseguradora los intereses del art. 20.4º LCS desde el 29 de abril de 1999. No se hace especial pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución se interpusieron en tiempo y forma recurso de apelación por las representación de Pelayo Mútua de Seguros, recurso que fue admitido a trámite mediante providencia de 23.09.02, dándose traslado a las demás partes personadas por diez días para alegaciones, presentando la Procuradora Sra. Bajo en representación de Dª Mónica , escrito de oposición al recurso, elevándose posteriormente los autos a esta Audiencia..

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, en fecha 16.10.02 se formó el rollo de Sala, registrándose y turnándose la Ponencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 464.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, no habiéndose solicitado la práctica de prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista, mediante providencia de 22.10.02 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 14 de Noviembre de 2002.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescriciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna la sentencia de instancia en el punto único que afecta a la imposición...

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