AAP Madrid 353/2003, 21 de Julio de 2003
ECLI | ES:APM:2003:8921 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 353/2003 |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN: 251 /2003
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 de MOSTOLES
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 97 /2003
SENTENCIA Nº 353/203
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ILMA. SRA. MAGISTRADA:
DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ
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En MADRID , a veintiuno de julio de dos mil tres
Vista en grado de apelación por la Ilma. DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 251 /2003 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 3 de MOSTOLES en el JUICIO DE FALTAS nº 97/2003, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante/s Clemente
y en concepto de apelado/s . MINISTERIO FISCAL .
Habiéndose procedido a la incoación de Diligencias Previas, por un delito de FALTA DE REALIZ. ACTIVIDADES SIN SEGURO OBL. (636) , por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 3 de MOSTOLES se dictó sentencia con fecha 18-03-2003 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que condeno a Clemente , como autor de la falta descrita a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa expresada de un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagadas, así como al pago de las costas. En relación a Sebastián dedúzcase testimonio y remítase a la Jefatura Provincial de Tráfico a los efectos de que se incoe el correspondiente expediente sancionador."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Clemente y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
No se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada y en su lugar se declaran probados los siguientes: El día 30 de noviembre de 2.002 Clemente conducía el Daewoo Nexia F-....-IB propiedad de Sebastián por la C/Parque Vosa de Móstoles cuando Policía Municipal le requirió para mostrar los documentos acreditativos del seguro del vehículo que Clemente no tenía en su poder.
La tipificación de la conducta sancionada en el art.636 del CP, realizar actividades...
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